CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyCorrección de errores

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la versión en euskera del Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, publicado en el BOPV n.º 51, de 13 de marzo de 2020, se procede a su corrección.

En los apartados 5 y 6 de la Disposición Final Segunda, en la página 2020/1538 (18/16),

donde dice:

«5.– Honela aldatuko da 19.3 artikuluaren a) apartatua:

a) Informazioaren eta Komunikazioen Teknologien Zuzendaritza

.

6.– Honela idatzita geratuko da 20. artikulua:

20. artikulua.– Informazioaren eta Komunikazioen Teknologien Zuzendaritza.

Informazioaren eta Komunikazioen Teknologien Zuzendaritzak, kudeaketa-organo...

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