ORDEN de 16 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se procede a la convocatoria, para el ejercicio 2014, de las ayudas económicas previstas en el Decreto 171/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan las líneas de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Erein).

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

El Decreto 171/2008, de 7 de octubre, publicado en el BOPV n.º 201 de 21 de octubre de 2008, regula la concesión de subvenciones para la promoción y el desarrollo de las zonas rurales del País Vasco.

El artículo 6.2 del citado Decreto establece que, anualmente, entre otros extremos, se efectuará la convocatoria de las ayudas, se abrirán los plazos de presentación de las solicitudes de ayuda, se dará publicidad al crédito presupuestario disponible y se determinará la duración de los proyectos objeto de ayuda, no pudiendo contravenir su contenido lo dispuesto en el citado Decreto.

El Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece en su artículo 49.5 que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a realizar la convocatoria correspondiente de aquéllas normas de subvenciones que fueron en su momento reguladas con vigencia indefinida. Una vez aprobada la Ley 4/2013, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2014 se hace preciso, por tanto, proceder a dicha convocatoria.

En su virtud,

Primero.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden convocar en el ejercicio 2014 las ayudas previstas en el Decreto 171/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan las líneas de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa EREIN).

Segundo.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes para acceder en el ejercicio 2014 a la convocatoria de ayudas reguladas por el Decreto 171/2008, de 7 de octubre, será de un mes a contar desde el día que surta efectos la presente Orden.

Tercero.– Solicitudes.

Las solicitudes para acogerse a las ayudas aquí convocadas se presentarán, en original y copia, ante la Entidad Colaboradora o ante la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, bien directamente o a través de las Asociaciones de Desarrollo Rural. En todo caso se podrán utilizar cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los impresos de solicitud, que son aprobados por la...

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