ORDEN de 20 de julio de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2010, las ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios (Programa Lehiatu), al amparo del Decreto 172/ 2008 de 7 de octubre.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyOrden

El Decreto 172/2008, de 7 de octubre, de ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios (Programa Lehiatu), establece y regula el régimen de ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios.

Dicho régimen permite la concesión de subvenciones en forma de ayuda directa, así como de ayudas a la reducción del coste financiero en el caso de pequeñas y medianas empresas.

El artículo 9 del antedicho decreto establece que anualmente, se convocaran las ayudas en él establecidas y se fijarán una serie de extremos que se recogen en el citado artículo.

El Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, establece en su artículo 49.5 que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o en su caso establecer las normas reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquellas que fueron en su momento reguladas con carácter indefinido. Una vez aprobada la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010 se hace preciso, por tanto, proceder a dicha convocatoria.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Objeto.

Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2010, las ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios previstas en el Decreto 172/2008, de 7 de octubre.

Segundo.- Plazo de presentación de solicitudes y modelo de solicitud.

  1. - El plazo de presentación de solicitudes de ayuda al amparo del Decreto 172/2008, de 7 de octubre, será de un mes desde el día que surta efectos la presente Orden.

  2. - No obstante, se entenderán presentados dentro de plazo aquellos proyectos cuya solicitud se haya presentado desde el 1 de enero de 2010.

  3. - El impreso de solicitud estará disponible en las dependencias del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, 01010 Vitoria-Gasteiz y en la página web www.nasdap.ejgv.euskadi.net.

    Tercero.- Crédito presupuestario.

  4. - Los créditos presupuestarios con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto 172/2008, de 7 de octubre, son 9.100.000 euros de los cuales, 5.300.000 euros se atribuyen al Capítulo II, correspondiendo 3.000.000 de euros a crédito de pago para el año 2010, 1.600.000 euros a crédito de compromiso para el año 2011 y 700.000 a crédito de compromiso para el 2012; 3.200.000 euros se atribuyen al Capítulo III, correspondiendo 1.000.000 de euros a crédito de pago para el año 2010, 1.200.000 euros a crédito de compromiso para el año 2011 y 1.000.000 a crédito de compromiso 2012; y 600.000 euros se atribuyen a la línea IV, como crédito de pago para el año 2010.

  5. - Dicho importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Pesca e industrias Alimentarias.

  6. - En lo que respecta al fondo comunitario FEADER, al amparo del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2013, la cuantía concreta de los créditos destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto 172/2008, de 7 de octubre, en lo que respecta a la línea de ayuda recogida en el Capítulo II, será de 2.981.250 euros, que se aplicarán mediante los...

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