DECRETO 53/1998, de 24 de marzo, por el que se crea el Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

DECRETO 53/1998, de 24 de marzo, por el que se crea el Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi.

La Cooperación al Desarrollo realizada por las Instituciones Públicas Vascas y por las Organizaciones No Gubernamentales y otras entidades comprometidas con los Países en Vías de Desarrollo ha alcanzado un notable impulso en los últimos años. En la actualidad son ya más de 700 los proyectos realizados con las aportaciones económicas vascas. Por otro lado, el programa de Gobierno contempla el compromiso de aumentar los Fondos dedicados a la Cooperación al Desarrollo hasta alcanzar, al final de la legislatura, una cantidad equivalente al 0,7% del presupuesto operativo del Ejecutivo Autónomo. Ambos hechos, el volumen alcanzado ya en el presente y las perspectivas de crecimiento futuro aconsejan la creación de una plataforma de encuentro y participación de los diferentes actores implicados para propiciar una reflexión conjunta sobre el estado actual de la Cooperación Vasca al Desarrollo y explorar nuevas vías de actuación, siempre con el objetivo de aumentar en calidad, eficacia y transparencia las acciones solidarias dirigidas hacia los Países en Vías de Desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Presidencia del Gobierno, previa deliberación y aprobación en su sesión celebrada el día 24 de marzo de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Creación y adscripción.

Se crea el Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi y se adscribe a la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza.

Artículo 2 ¿ Objeto y ámbito.

El Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi se constituye como un órgano colegiado de asesoramiento y promotor de la participación de las Administraciones Públicas, Organizaciones No Gubernamentales y otros Agentes Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las políticas sobre Cooperación al Desarrollo a llevar a cabo en Países del Tercer Mundo.

Artículo 3 ¿ Composición.

El Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo de Euskadi estará compuesto por los siguientes miembros:

  1. Los 10 integrantes de la Comisión Gestora del Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo del Tercer Mundo y un representante de EUDEL.

  2. Siete representantes de las ONGDs de Euskadi.

  3. Un representante de Ordenes Religiosas con implantación en Euskadi.

  4. Dos representantes de entidades que trabajen en ámbitos relacionados con la Cooperación al desarrollo:

    ¿ Uno del Sector de la Educación - Formación Profesional de Euskadi.

    ¿ Uno vinculado a la creación de microempresas y/o cooperativas.

  5. Una persona...

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