DECRETO 290/1998, de 27 de octubre, por el que se crea el Consejo de Agentes Comerciales del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Economia, Trabajo y Seguridad Social; Comercio, Consumo y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 290/1998, de 27 de octubre, por el que se crea el Consejo de Agentes Comerciales del País Vasco.

El artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

Dicha competencia ha sido objeto de desarrollo mediante la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de Ejercicio de Profesiones Tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales, cuyo artículo 41 establece la posibilidad de constitución de un único Consejo profesional mediante la agrupación de los correspondientes Colegios Profesionales siempre que una profesión titulada disponga de organización colegial.

Al amparo de lo establecido en el párrafo 3 del citado artículo, los Colegios Oficiales de Agentes Comerciales de la Comunidad Autónoma previo acuerdo favorable al efecto, instrumentaron la correspondiente iniciativa ante el Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social al objeto de que se procediese a la creación del Consejo de Agentes Comerciales del País Vasco.

Se pretende de este modo, por una parte, dotar a la profesión de la agencia comercial de un valioso instrumento que coadyuve al cumplimiento eficaz de los fines que el ordenamiento jurídico otorga a las corporaciones profesionales y por otra, adecuar sus estructuras a la realidad territorial autonómica facilitando y agilizando sus relaciones con todas las Administraciones públicas en general y la Administración General de la Comunidad Autónoma en particular.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social y de la Consejera de Comercio, Consumo y Turismo y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de octubre de 1998,

DISPONGO:

Artículo Único ¿ Creación.

Se crea el Consejo de Agentes Comerciales del País Vasco, con personalidad jurídica y plena capacidad para la suprema representación y defensa de la profesión en congruencia con los intereses y necesidades generales de la sociedad, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.¿ Comisión Gestora

  1. ¿ A la entrada en vigor del presente Decreto, se constituirá una Comisión Gestora compuesta por dos representantes de cada uno de los Colegios...

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