ORDEN de 19 de agosto de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo en el Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2.a de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (BOPV de 28 de julio de 1989), y en base a las competencias que a cada departamento asigna el artículo 10.1.c de la citada Ley 6/1989, se acuerda convocar, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes

Primera.– El puesto de trabajo que se convoca a través de la presente Orden podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos para el desempeño del mismo, establecidos en el anexo de la presente Orden.

Segunda.– Los/as interesados/as dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercera.– Los/as aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como, en su caso, en la empresa privada.

  3. Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.

A la citada solicitud deberán los aspirantes adjuntar, además, la documentación justificativa de los requisitos exigidos y los méritos alegados. Asimismo, podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos estimen oportunos.

Cuarta.– La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Contra la Orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de...

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