ORDEN de 20 de noviembre de 2013, de la Consejera de Seguridad, por la que se aprueba la estructura de la Ertzaintza.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Seguridad
Rango de LeyOrden

El Plan Estratégico Ertzaintza Horizonte 2016 tiene como objetivos ofrecer un servicio policial basado en la prevención activa apoyado en una inteligencia e investigación criminal eficaces, en la mejora continua y la colaboración con otros y en el trabajo en equipo, todo ello para alcanzar un alto nivel de reconocimiento social por su cercanía y eficacia.

Con la presente Orden se pretende reorganizar la Ertzaintza de un modo capaz de dar respuesta a las directrices contenidas en el citado Plan Estratégico, avanzando hacia un modelo funcional menos burocratizado en algunos aspectos y más acorde con las necesidades funcionales de una policía integral orientada a la protección de la ciudadanía y con una mayor eficacia en la gestión de los recursos humanos y técnicos.

Por ello la reorganización simplifica la estructura, de modo que pasa a disponer de dos divisiones en lugar de las cinco precedentes: la División de Protección Ciudadana y la División de Investigación Criminal. Además, se crea la Oficina Central de Inteligencia como apoyo a las dos Divisiones en la consecución de la misión general de la Ertzaintza.

En lo que se refiere a la organización central de la Ertzaintza bajo la dependencia directa de la Jefatura de la Ertzaintza se ubican, además de las dos Divisiones citadas y de la Oficina Central de Inteligencia, una Secretaría General y el Servicio de Coordinación de Formación y el CMC Central.

Dentro de la División de Protección Ciudadana, además de la responsabilidad sobre las Jefaturas Territoriales, destaca la unificación de la gestión de las unidades presentes en los centros policiales de Iurreta y Berrozi en sendas jefaturas centrales con servicios especializados que sirven de apoyo y refuerzo a otros servicios y unidades de la Ertzaintza. Igualmente destaca la creación de una Jefatura de Coordinación de Grandes Eventos para planificar y evaluar los dispositivos de seguridad en espectáculos deportivos y otros eventos de especial trascendencia.

Por otra parte, para implementar y transmitir las políticas y directrices sobre el control del tráfico y la seguridad vial a través de las Unidades Territoriales de Tráfico, se crea la Jefatura Central de Tráfico.

Dentro de la División de Investigación Criminal se configuran dos jefaturas: la de Investigación Criminal y PJ y la de Policía Científica. La primera integra servicios especializados en la investigación de formas complejas de delitos y los servicios propiamente de policía judicial adscrita a Órganos Judiciales y Fiscalías, así como otros servicios centrales de coordinación operativa y técnica. La segunda se encarga de prestar servicios de criminalística o investigación técnica. Además se adscriben a esta División las Unidades de Juego y Espectáculos y de Seguridad Privada.

La Oficina Central de Inteligencia, junto con las funciones de análisis e inteligencia desarrolladas en los niveles territoriales o locales, constituye el eje vertebrador de las Divisiones de Protección Ciudadana y de Investigación Criminal, y su trabajo busca facilitar la toma de decisiones de los responsables policiales mediante el suministro de productos elaborados de inteligencia para potenciar un servicio policial que resulte cada día más eficaz y eficiente en un entorno cambiante.

Completan los órganos centrales de la organización dos servicios adscritos directamente al titular de la Dirección de la Ertzaintza: el de Asuntos Internos y el de Relaciones Institucionales y de Comunicación. El primero viene a sustituir a la tradicional unidad disciplinaria, mientras que el segundo cubre la necesidad de alcanzar alianzas externas para poder prestar un servicio más eficaz a la ciudadanía.

Una de las premisas de la reestructuración es el acercamiento de la institución a la sociedad a la que sirve, razón por la cual se dota tanto a nivel de las demarcaciones de cada una de las comisarías como a nivel de las jefaturas territoriales de todos los recursos y servicios necesarios para asumir la responsabilidad policial global sobre el territorio de su competencia.

Así, de las jefaturas territoriales, además de las comisarías respectivas, dependerán diversos servicios y unidades territoriales: protección ciudadana, investigación criminal, inteligencia, centro de mando y control, y tráfico. Sin perjuicio de que la Orden contemple otros servicios, unidades o secciones específicos en cada jefatura territorial.

Las comisarías son las unidades policiales más cercanas y próximas a la ciudadanía. Por lo tanto, deben responsabilizarse en todos los sentidos de proporcionar seguridad, protección y auxilio a la ciudadanía en el ámbito de su demarcación territorial. Desde la comisaría debe gestionarse el conjunto de la actividad policial dirigida a tales fines, con el apoyo y auxilio de otros órganos territoriales o centrales.

La nueva estructura articula un modelo de ordenación de las actividades de protección ciudadana y de investigación criminal, así como de inteligencia policial, que permite la integración de tales actividades desde la esfera más inmediata y próxima a la ciudadanía hasta los órganos más centrales y especializados de la organización.

Para ello, sin menoscabo de las responsabilidades gestoras de la adscripción orgánica de cada servicio o unidad, se posibilita la fijación de objetivos, directrices y procedimientos en los diversos niveles locales, territoriales y centrales de la organización que facilitan la integración vertical y el flujo en doble dirección de actividades relativas a aspectos tales como la investigación criminal o la inteligencia policial, o en cuanto a los cometidos de los centros de mando y control en sus distintos niveles operativos.

Por lo anterior, en virtud de la competencia prevista en el artículo 107.2 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco,

Artículo 1 – Aprobar la estructura de la Ertzaintza como figura en el anexo a la presente.
Artículo 2 – La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Recursos: contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo...

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