DECRETO 58/1985, de 5 de Marzo, sobre traspaso de medios y servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Vizcaya, en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia para Asuntos Economicos; Politica Territorial y Transportes
Rango de LeyDecreto

DECRETO 58/1985, de 5 de Marzo, sobre traspaso de medios y servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Vizcaya, en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

La Ley 27/1983, de 25 de Noviembre de «Relaciones entre las

Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Históricos», atribuye en su artículo 7 c) 6 a los

Territorios Históricos las siguientes competencias:

Corresponde a los Territorios Históricos la ejecución dentro de su territorio de la legislación de las Instituciones Comunes en cuanto a las facultades de calificación, señalización de medidas correctoras, inspección y sanción en relación con las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas que puedan establecerse en suelo urbano residencial, siempre que no afecten a más de un Territorio

Histórico o Ente Público extracomunitario y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la Ley a los Entes Municipales.

En consecuencia, la Comisión Mixta establecida en la Disposición

Transitoria Primera de dicha Ley ha procedido, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 195/ 1984, de 19 de Junio, por el que se aprueban las Normas de Traspasos de Servicios entre las Instituciones

Comunes de la Comunidad Autónoma y el Territorio Histórico de

Vizcaya, a determinar los servicios, personal, bienes, derechos y obligaciones adscritos a las competencias referidas, habiendo adoptado al respecto el correspondiente acuerdo en su reunión de 27 de Febrero de 1985.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Final

Primera de la Ley de Relaciones de las Instituciones Comunes de la

Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios

Históricos, a propuesta conjunta del Vicepresidente para Asuntos

Económicos y del Consejero de Política Territorial y Transportes, previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del...

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