DECRETO 53/2009, de 3 de marzo, por el que se regulan el Sello de Compromiso Lingüístico-Bikain y el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

Conforme a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, el euskera, lengua propia del Pueblo Vasco, tiene como el castellano carácter de lengua oficial en Euskadi, y todos sus habitantes tienen el derecho a conocer y a usar ambas lenguas. Así, las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta la diversidad socio-lingüística del País Vasco, deberán garantizar el uso de ambas lenguas, regulando su carácter oficial, y arbitrarán y regularán las medidas y medios necesarios para asegurar su conocimiento.

Una de las medidas fundamentales adoptadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco es la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, ya que abrió el camino al desarrollo de iniciativas de política lingüística para recuperar el conocimiento y uso del euskera en los ámbitos fundamentales de la sociedad, al tiempo que otorgaba al euskera el amparo institucional que tanto precisaba. Según lo dispuesto en el artículo 26 de dicha Ley, los poderes públicos tomarán las medidas oportunas y los medios necesarios tendentes a fomentar el uso del euskera en todos los ámbitos de la vida social.

La Ley 10/1982 fue la norma fundamental que abrió el camino al desarrollo de otros hitos posteriores tales como el Plan General de Promoción del Uso del Euskera, aprobado por el Parlamento Vasco el 10 de diciembre de 1999. El objetivo principal del Plan es promover las medidas de política lingüística necesarias para garantizar la posibilidad de vivir en euskera a quien así lo desee. En definitiva, consiste en intensificar las acciones a favor del euskera para lograr la normalización de su uso en Euskadi, en el ámbito personal, social y oficial. El Plan General del Uso del Euskera establece como uno de los ámbitos estratégicos de actuación el ámbito laboral.

La progresiva normalización del uso del euskera también en el ámbito socioeconómico es uno de los objetivos estratégicos de la Viceconsejería de Política Lingüística para el periodo 2004-2009. Por ello, al objeto de aglutinar e integrar las acciones a desarrollar en este ámbito, la Viceconsejería de Política Lingüística puso en marcha en el ejercicio 2006 el programa-marco LanHitz, en colaboración con la Diputación Foral de Álava, la Diputación Foral de Bizkaia, la Diputación Foral de Gipuzkoa y la Asociación de Municipios Vascos Eudel y de acuerdo con los Departamentos de Industria, Comercio y Turismo y de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco.

En esa misma línea se suscribieron acuerdos de colaboración en el mes de septiembre de 2006 con las organizaciones empresariales vascas, la Confederación Empresarial Vasca (Confebask), la Asociación de Empresarios de Gipuzkoa (Adegi), la Confederación Empresarial de Bizkaia (Cebek) y la Sociedad de Empresarios Alaveses (SEA), así como con los sindicatos mayoritarios de la Comunidad Autónoma Vasca, ELA, CCOO, LAB y UGT. Posteriormente, en julio de 2007 el Gobierno Vasco suscribió otro acuerdo de colaboración para el fomento del euskera con la Confederación de Cooperativas de Euskadi.

En dichos acuerdos se recoge expresamente el compromiso del Gobierno Vasco para crear un sistema de evaluación y reconocimiento del uso del euskera en las empresas de acuerdo con parámetros de calidad e innovación que hoy en día se utilizan. Para el desarrollo de dicho sistema, dada la experiencia y el buen hacer demostrado por la Fundación Vasca para la Calidad (Euskalit) en la promoción de la implantación y mejora de los Sistemas de Gestión de la Calidad, la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco firmó en 2006 y 2007 sendos convenios de colaboración con dicha entidad para la definición, diseño y creación de un esquema de evaluación que certifique y reconozca el grado de progreso de los procesos, tanto internos como externos, de normalización lingüística desarrollados por entidades, tanto públicas como privadas, del ámbito socioeconómico.

Por ello, a través de la Orden de 5 de marzo de 2008, de la Consejera de Cultura se creó el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain-Euskararen Kalitate Ziurtagiria. En dicha Orden se detalla cómo se ha de desarrollar el sistema para la evaluación y reconocimiento de la gestión lingüística desde el punto de vista de la progresiva normalización del uso del euskera en el mundo de la empresa y en el ámbito socioeconómico, también se determina cuáles serán los órganos de gestión y se establecen los requisitos necesarios para obtener el certificado de verificación.

A este respecto y siguiendo el proceso mencionado anteriormente, durante 2008 se ha evaluado por primera vez a las empresas candidatas. En el proceso de evaluación ha tomado parte personal experto procedente de diversos sectores, después de haber recibido la oportuna formación especializada por parte de la Viceconsejería de Política Lingüística y de Euskalit.

Posteriormente a la creación de Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain, el Gobierno Vasco puso en marcha el Decreto 123/2008, de 1 de julio, sobre los derechos lingüísticos de las personas consumidoras y usuarias, por iniciativa de los Departamentos de Cultura y de Industria, Comercio y Turismo.

Dicho Decreto 123/2008 desarrolla la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias, cuyo Capítulo VII del Título II está íntegramente dedicado a los derechos lingüísticos, y en el que se reconoce a los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi el derecho a recibir en euskera y castellano información sobre bienes y servicios, así como el derecho a ser atendidas, cualquiera que sea la lengua oficial en que se expresen.

El Decreto 123/2008 tiene, resumiendo, una doble finalidad: por una parte, determinar -atendiendo al principio de disponibilidad- las obligaciones lingüísticas de las empresas, entidades y establecimientos abiertos al público a fin de establecer los términos de progresividad de los derechos lingüísticos de las personas consumidoras y usuarias, en lo que supone estricto cumplimiento del mandato de la Ley y, por otra, la creación del Sello de Compromiso Lingüístico, medida de fomento que entronca directamente con el objetivo de garantizar el pleno ejercicio de los derechos lingüísticos de las personas consumidoras y usuarias, que tendrá como destinatarios todos aquellos establecimientos o empresas que voluntariamente se adhieran al mismo.

El artículo 19 del Decreto 123/2008 establece que el Sello de Compromiso Lingüístico se integrará dentro del sistema que certifica la calidad de la gestión lingüística (Certificado de Calidad del Euskera). Por tanto, el presente Decreto tiene como objeto integrar el Sello de Compromiso Lingüístico dentro del sistema que certifica la calidad de la gestión lingüística (Certificado de Calidad del Euskera), tal y como dispone el Decreto 123/2008 en el Capítulo V.

Además de lo expuesto, el presente Decreto recoge el procedimiento a utilizar para poder validar los certificados obtenidos por las empresas como consecuencia del proceso de evaluación llevado a cabo durante 2008, siguiendo lo dispuesto por la Orden por la que se crea el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de marzo de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Sistema de reconocimiento del uso, presencia y gestión lingüística del euskera.

Se crean el Sello de Compromiso Lingüístico-Bikain y el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain, para la certificación y reconocimiento del nivel de normalización del uso, presencia y gestión lingüística del euskera en el ámbito socioeconómico.

Artículo 2 Destinatarios del Sello de Compromiso Lingüístico-Bikain y del Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain.
  1. - Conforme a lo establecido en el Capítulo V del Decreto 123/2008, sobre los derechos lingüísticos de las personas consumidoras y usuarias, podrán acceder al Sello de Compromiso Lingüístico-Bikain, los establecimientos abiertos al público y empresas privadas cuya actividad se desarrolle en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  2. - Respecto al Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain, podrán acceder a este sistema de evaluación y certificación de calidad en la gestión lingüística las organizaciones, tanto públicas como privadas, así...

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