DECRETO 237/2011, de 22 de noviembre, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Comisión Interdepartamental de Publicidad fue creada y regulada por el Decreto 151/1989, de 18 de abril.

La Ley 6/2010, de 23 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional de Euskadi la recoge en su artículo 12 bajo la denominación de Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional como el órgano encargado de la planificación, asistencia técnica, evaluación, coordinación y control de la publicidad y comunicación de las administraciones y entidades señaladas en su artículo 2.1 y establece sus funciones, añadiendo que reglamentariamente se determinará su composición organización y funcionamiento.

De conformidad con lo establecido en el régimen transitorio de la citada Ley, en tanto se produce el desarrollo reglamentario mencionado, la Comisión Interdepartamental de Publicidad creada en el Decreto 151/1989, de 18 de abril, ejercerá las funciones y competencias previstas en el artículo 12 de la misma.

Procede por tanto acometer el desarrollo reglamentario previsto en la Ley 6/2010, de 23 de diciembre, para regular la composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional, con el objetivo de alcanzar una mayor eficacia de las acciones publicitarias que realiza la Administración Publica, proyectar una imagen unitaria mediante la correcta aplicación del Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Vasco, posibilitar la participación abierta y colaboradora a todos los organismos afectados y promover la racionalización del gasto público.

En su virtud, a propuesta del Lehendakari, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y cumplidos los trámites preceptivos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Decreto la regulación de la composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.4 de la Ley 6/2010, de 23 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional de Euskadi.

Artículo 2 Composición.

La Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional está compuesta por la Presidencia, las Vocalías y la Secretaría.

Artículo 3 La Presidencia.

Ejercerá la Presidencia la persona titular de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia del Gobierno o aquella persona en quien delegue, y tendrá las siguientes funciones:

  1. Ostentar la superior representación de la Comisión.

  2. Acordar las convocatorias ordinarias y extraordinarias de las sesiones y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta en su caso, las peticiones del resto de componentes, formuladas con la suficiente antelación.

  3. Presidir las sesiones, moderar y dirigir el desarrollo de los debates.

  4. Dirimir los empates de las votaciones con su voto de calidad.

  5. Velar por el cumplimiento de las normas.

  6. Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Comisión.

  7. Ejercer cuantas funciones...

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