DECRETO 237/2006, de 21 de noviembre, de fomento de la adquisición de animales en certámenes ganaderos de interés supracomunitario a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha venido fomentando la mejora de la calidad del ganado a través, entre otras medidas, del apoyo a una serie de certámenes de ganado a los que se da un carácter oficial. Entre estas medidas se incluía una ayuda por la participación en estos certámenes, así como una subvención por la adquisición de animales participantes.

En la Comunidad Autónoma del País Vasco, el único certamen ganadero incluido en este listado estatal es la subasta que suele celebrarse en Arkaute a finales de abril, y en la que concurre ganado ovino, de raza latxa, y bovino de las razas pirenaica, limusina, charolesa y blonda, así como terreña y monchina.

La normativa de estos certámenes y de las medidas de estímulo a los mismos se regula en la Orden del MAPA de 17 de marzo de 1988, posteriormente modificada por las Órdenes de 24 de abril de 1991, 26 de junio de 1992, 4 de abril de 2003, 3 de septiembre de 2003, 27 de abril de 2004 y 30 de marzo de 2005.

Esta última Orden APA/847/2005 modifica los apartados 4, 5 y 6 del epígrafe quinto, de forma que a partir de ese momento la distribución territorial de los créditos se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Igualmente, se prevé que sean las Comunidades Autónomas las que tramiten el procedimiento relativo a las subvenciones.

Ante esta situación, se aprueba el presente Decreto, con el objeto de realizar adecuadamente la concesión de ayudas que corresponden a esta CAE, subvencionando las adquisiciones de ganado que se realicen en subastas de interés supracomunitario, así como la concurrencia al certamen.

El presente Decreto se dicta al amparo de la competencia que el artículo 10.9 y 10.25 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco establece en esta materia. En su elaboración se ha consultado a los Departamentos competentes en materia de Ganadería de las Diputaciones Forales, así como a las organizaciones y asociaciones representativas del sector ganadero.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 21 de noviembre de 2006, DISPONGO:

Artículo 1 ? Objeto.

Este Decreto tiene por objeto aplicar en la CAE las ayudas previstas en la Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos, y sus posteriores modificaciones, a los ganaderos y ganaderas que concurran y a quienes adquieran reproductores de las razas latxa, pirenaica, limusina, charolesa y blonda en los certámenes que se celebren en la CAE.

Igualmente se regulan las ayudas por la participación y adquisición de ganado de otras razas autóctonas.

Artículo 2 ? Ayudas.
  1. ? Se establece una subvención máxima de 25 euros por cada animal de especie bovina y de 8 euros por cada animal de especie ovina que concurra a la subasta.

  2. ? Se establece una subvención por cabeza de ganado reproductor que concurra y sea adquirido en subasta de...

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