DECRETO 104/1983, de 30 de Mayo, sobre atribución de facultades a los Delegados Territoriales de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura de los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en materia de viviendas y locales de Promoción Pública.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPolitica Territorial y Transportes
Rango de LeyDecreto

DECRETO 104/1983, de 30 de Mayo, sobre atribución de facultades a los Delegados Territoriales de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura de los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en materia de viviendas y locales de Promoción Pública.

A fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en las operaciones de formalización y enajenación de viviendas y locales, propiedad de la

Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, resulta aconsejable y necesario, atribuir las facultades, asignadas al

Departamento de Política Territorial y Transportes en virtud de la disposición adicional novena de la ley 5/1983, de 23 de Marzo, sobre

Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1983, y Decreto del Gobierno Vasco, 77/1982, de 13 de Abril, a los

Delegados Territoriales de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura de los

Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial y

Transportes, previa deliberación del Gobierno y a tenor de las facultades de organización que el vigente ordena miento, jurídico me atribuye y en aplicación del artículo 8.c) y demás concordantes de la Ley 7/1981, de 30 de Junio,

DISPONGO: Artículo Único.-Corresponderá a los Delegados territoriales de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura del Territorio Histórico respectivo, el otorgamiento de las escrituras de oferta de venta, compraventa, resolución de la compraventa, en su caso, cancelación de condiciones impuestas en las citadas...

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