DECRETO 340/1987, de 27 de Octubre, por el que se articulan las medidas de estímulo a la creación e innovación de Pequeñas y Medianas Empresas.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Presidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico; Sanidad |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 340/1987, de 27 de Octubre, por el que se articulan las medidas de estímulo a la creación e innovación de Pequeñas y Medianas Empresas.
La PYME se erige hoy en día en el elemento dinamizador de empleo por excelencia, capaz de mantener y crear puestos de trabajo, e incluso de contribuir ventajosamente a la generación de la riqueza de un país.
No obstante, en nuestra Comunidad Autónoma, seguramente en mayor medida que en cualquier otra parte de Europa, el efecto de la crisis se ha extendido a la PYME. Nunca pues como ahora, resulta necesario poner en práctica nuevos mecanismos reactivadores que regeneren la capacidad y competitividad de las PYMES existentes, así como la mentalidad empresarial creadora de nuevas actividades multisectoriales.
En esta vertiente se inscriben las dos líneas que conforman el programa de Innovación Empresarial: Apoyo a Nuevos Promotores de empresas e innovación de la Gestión en las PYMES existentes.
En su virtud y a propuesta del Consejero Titular del Departamento de
Trabajo y Seguridad Social, previo informe del Consejo de Relaciones
Laborales, informado favorablemente por la Comisión Económica del
Gobierno y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno del día 27 de Octubre de 1987.
DISPONGO: TITULO I
APOYO A NUEVOS PROMOTORES
Autónoma del País Vasco, ofreciendo expectativas reales de creación de empleo y que se inicien en el ejercicio 1987. El objeto de la ayuda será la realización por parte: de dichos promotoress de un estudio exhaustivo sobre la viabilidad económica de su proyecto como empresa.
Las nuevas ideas empresariales susceptibles de apoyo por vía de este programa, deberán venir expresadas racionalmente· por sus promotores en anteproyecto escrito y cumplir las siguientes condiciones: a Plantear un proyecto de nueva creación de empresa jurídicamente independiente y de carácter societario, que no suponga continuidad de otra empresa o actividad existente ni anterior. b) Presentar cantidad suficiente que justifique la realización de su estudio en los términos previstos por el programa. c.) No haberse efectuado actividad comercial alguna ni desarrollado aún su estudio de forma profesionalizada en su vertiente de Mercado y económico-financiera.
Deberá estar asímismo, libre, durante al menos los próximos 18 meses, del cumplimiento del Servicio Militar.
Departamento de Trabajo y Seguridad Social, siendo su función. primordial la de orientarle en los casos precisos para que aquél de manera personal, efectúe ed desarrollo del producto o servicio, estudio de mercado análisis económico-financiero, factibilidad y Plan de lanzamiento empresarial.
Empleo del Departamento de Trabajo y Seguridad Social.
Las condiciones que deberán reunirse por dichas entidades son las siguientes: 1. Estar centrada su actividad en el área de la consultoría económico-financiera. 2. Tener una estructura mínima de 3 personas fijas de plantilla, al menos dos de ellas técnicos titulados con un mínimo de 5 años de experiencia en el área de la gestión empresarial. 3. Contar con una trayectoria en Promoción Empresarial constatada mediante...
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