DECRETO 428/2005, de 27 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de saneamiento de la cuenca del río Artibai. Municipios de Berriatua y Ondarroa. Proyecto constructivo del interceptor Berriatua-Ondarroa.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 428/2005, de 27 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de saneamiento de la cuenca del río Artibai. Municipios de Berriatua y Ondarroa. Proyecto constructivo del interceptor Berriatua-Ondarroa.

Mediante Orden Foral del Departamento de Medio Ambiente n.º 1037/2005 del día 27 de mayo de 2005, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de saneamiento de la cuenca del río Artibai. Municipios de Berriatua y Ondarroa. Proyecto constructivo del interceptor Berriatua-Ondarroa". Igualmente en la misma Orden se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado escritos de alegaciones, que fueron resuelto según consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El proyecto tiene por objeto evitar los vertidos directos al río Artibai mediante la conducción de las aguas residuales urbanas del municipio de Berriatua y del barrio de Kamiñazpi en Ondarroa, así como las de los polígonos industriales de Gardotza y Zikautxo en Berriatua hasta las estaciones de bombeo previstas en el Ensanche y muelle de Ondarroa para su incorporación a la EDAR de Galtzuaran.

Por todo lo expuesto, se considera necesario y urgente proceder a ocupar los terrenos afectados por el expediente expropiatorio a la mayor brevedad posible.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución...

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