ORDEN de 19 de abril de 2000, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de ayudas para la investigación en materia de vivienda, arquitectura y tecnología edificatoria.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Ordenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 19 de abril de 2000, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de ayudas para la investigación en materia de vivienda, arquitectura y tecnología edificatoria.
Con el fin de propiciar la investigación en materia de Vivienda, Arquitectura y Tecnología Edificatoria, el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente se ha propuesto a través de la presente Orden, establecer un sistema de ayudas a tal actividad.
En virtud de lo cual y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno,
DISPONGO:
La presente convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurso. A ese fin se destinará un total de 6.000.000 de pesetas (36.060,73 euros).
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¿ Uso y Mantenimiento de Edificios, costes y plan de mantenimiento.
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¿ Revisión de Normas de Diseño e Investigación de nuevas tendencias de diseño para viviendas de V.P.O.
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¿ Nuevas tecnologías constructivas y standares de calidad.
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¿ Arquitectura vernácula de Euskadi, análisis, medidas de protección.
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¿ Arquitectura Histórica y centros históricos de Euskadi.
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¿ Arquitectura de Autor en Euskadi.
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¿ Planificación Urbana y Vivienda.
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¿ Calidad: costos, proyecto y construcción.
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Las Ayudas están destinadas a Titulados/as Superiores.
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Deberán ser Licenciados/as en Arquitectura, Historia o Sociología.
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No podrán aspirar a estas ayudas quienes estén incursos en algún procedimiento de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza.
Corresponderá a la Dirección de Vivienda y Arquitectura la realización de las tareas de gestión de las ayudas previstas en la presente convocatoria.
Las solicitudes habrán de presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las mismas se dirigirán al Ilmo. Sr. Director de Vivienda y Arquitectura y se presentarán, bien por correo o entrega personal, en el Registro General del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, C/Donostia-San Sebastián, 1 ¿ 01010 Vitoria-Gasteiz.
Asimismo las solicitudes podrán presentarse en las...
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