DECRETO 35/2005, de 22 de febrero, de modificación del Decreto por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicios públicos que inviertan en instalaciones o equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad ...
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Transportes y Obras Publicas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 35/2005, de 22 de febrero, de modificación del Decreto por el que se regula el otorgamiento de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas titulares de concesión administrativa o de contrato de gestión de servicios públicos que in viertan en instalaciones o equipamiento de puertos pesqueros de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de puertos y transportes marítimos. Asimismo, el artículo 10.25 del citado texto legal atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materias de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco, de acuerdo con la ordenación general de la economía.
Por su parte, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1.f del artículo 15 del Decreto 7/2001, de 16 de julio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por el artículo noveno del Decreto 19/2001, de 17 de septiembre, corresponde al Departamento de Transportes y Obras Públicas las funciones y áreas de actuación correspondientes a los puertos y asuntos marítimos, competencia que incluye la planificación y desarrollo de infraestructuras portuarias de titularidad autonómica.
Pues bien, en ejercicio de dichas competencias, este Departamento ha promovido, entre otras actuaciones, la construcción de nuevos muelles, edificios de lonjas de recepción, manipulación y subasta de pescado, suministro de hielo, agua y carburante, con el fin de dotar a nuestros puertos de instalaciones acordes con una mejor prestación de los servicios portuarios.
La restricción de los presupuestos de las Administraciones Públicas aconsejó atraer la participación de las empresas privadas en los proyectos públicos, de forma que los mismos pudieran financiarse, en parte, con capital privado.
Como consecuencia de ello, el Departamento de Transportes y Obras Públicas, en desarrollo de la normativa europea, viene impulsando desde el año 1997 líneas de ayudas para fomentar las inversiones privadas en instalaciones y equipamiento de puertos pesqueros, la última a través del Decreto 164/2000, de 28 de julio, por el que se regula el otorgamiento...
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