DECRETO 356/ 1987, de 24 de Noviembre, por el que se aprueba el Calendario Laboral de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 1988.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Justicia y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyDecreto

DECRETO 356/ 1987, de 24 de Noviembre, por el que se aprueba el Calendario Laboral de la Comunidad AutÛnoma de Euskadi para el aÒo 1988.

De conformidad con lo establecido en el Estatuto de AutonomÌa, es competencia de este Gobierno aprobar, en los tÈrminos que resultan de la legislaciÛn vigente, el calendario de dÌas laborables y festivos para el aÒo 1988, dentro del lÌmite anual de catorce dÌas festivos.

Siendo necesario proceder a aprobar el citado Calendario Laboral para el prÛximo aÒo 1988, habiendo sido solicitado informe al Consejo de Relaciones Laborales, a propuesta del Consejero del Departamento de

Trabajo y Seguridad Social y previa deliberaciÛn y aprobaciÛn del

Consejo de Gobierno en su reuniÛn celebrada el dÌa 24 de Noviembre de 1987.

DISPONGO:

ArtÌculo 1

Tendr·n la consideraciÛn de dÌas inh·biles a efectos laborales, durante el aÒo mil novecientos ochenta y ocho, retribuidos y no recuperables, todos los domingos del aÒo y las festividades de: 1 de Enero, AÒo Nuevo 6 de Enero, EpifanÌa del SeÒor 19 de Marzo, San JosÈ 1 de Abril, Viernes Santo 4 de Abril, Lunes de Pascua de ResurrecciÛn 2 de Junio, Corpus ChristÌ 25 de Julio, Santiago ApÛstol 15 de Agosto, AsunciÛn de la Virgen 12 de Octubre...

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