DECRETO 257/1989, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Calendario Laboral de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 1990.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico; Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 257/1989, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Calendario Laboral de la Comunidad AutÛnoma de Euskadi para el aÒo 1990.

De conformidad con lo establecido en el Estatuto de AutonomÌa, es competencia de este Gobierno establecer dentro del limite anual de catorce dÌas festivos, y en los tÈrminos que resultan del Real

Decreto 19/1989, de 3 de noviembre, asÌ como del resto de la legislaciÛn vigente, el calendario de dÌas laborables y festivos para el aÒo 1990. En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y

Seguridad Social, solicitado informe al Consejo de Relaciones

Laborales, y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno, en su reuniÛn del dÌa 28 de Noviembre de 1989.

DISPONGO:

ArtÌculo 1

Tendr·n la consideraciÛn de dÌas inh·biles a efectos laborables, durante el aÒo mil novecientos noventa, retribuidos y no recuperables, todos los domingos del aÒo y las festividades de: 1 de Enero, AÒo Nuevo 6 de Enero, EpifanÌa del SeÒor 19 de Marzo, San JosÈ 13 de Abril, Viernes Santo 16 de Abril, Lunes de Pascua de ResurrecciÛn 1 de Mayo, Fiesta del Trabajo 15 de Agosto, AsunciÛn de la Virgen 12 de Octubre, Fiesta Nacional 1 de Noviembre, Todos los Santos 6 de Diciembre, DÌa de la ConstituciÛn 8 de Diciembre, Inmaculada.

ConcepciÛn 25 de Diciembre...

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