DECRETO 109/1998, de 9 de junio, por el que se autoriza la ampliación de enseñanzas en la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado 'Begoñako Andra Mari' de Bilbao, adscrita a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 109/1998, de 9 de junio, por el que se autoriza la ampliación de enseñanzas en la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado "Begoñako Andra Mari" de Bilbao, adscrita a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

El Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV / EHU) ha presentado un expediente de ampliación de enseñanzas en la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado «Begoñako Andra Mari» de Bilbao, adscrita a la UPV / EHU. Se trata de las enseñanzas conducentes a los títulos de Maestra o Maestro - Especialidad de Educación Física, y de Maestra o Maestro - Especialidad de Educación Musical, incluidos ambos en el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

Por Decreto 465/1994, de 7 de diciembre, se autorizó la implantación de las enseñanzas de Maestra o Maestro en las Especialidades de Educación Infantil, de Educación Primaria, y de Lengua Extranjera, como transformación de otras enseñanzas existentes anteriormente en el centro, que eran las de Profesorado de Enseñanza General Básica en sus distintas especialidades.

En el expediente que ahora se presenta, se trata de estudios conducentes a dos títulos nuevos que no tienen correspondencia con otros que hubieran existido antes de la reforma de títulos y planes de estudios inducida por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria. En consecuencia, supone una solicitud de ampliación de las enseñanzas autorizadas en su día al Centro adscrito indicado y, por ello, está sujeta al cumplimiento de las previsiones contenidas al respecto en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, modificado por el Real Decreto 485/1995, de 7 de abril.

El citado Real Decreto 557/1991 dispone que la ampliación de enseñanzas en centros adscritos a Universidades públicas será aprobada por la Administración competente, a propuesta del Consejo Social de la Universidad a la que está adscrito el centro, y previo informe del Consejo de Universidades. Para la aprobación, la Administración valorará la...

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