DECRETO 360/1999, de 19 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la 'Modificación de Trazado de las obras del Proyecto de Saneamiento de Sopelana'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 360/1999, de 19 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la "Modificación de Trazado de las obras del Proyecto de Saneamiento de Sopelana".

Por acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 20 de abril de 1999, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por la " Modificación de Trazado de las obras del Proyecto de Saneamiento de Sopelana", acordándose posteriormente, en sesión celebrada el 6 de julio de 1999, solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

En la actualidad la práctica totalidad de las aguas residuales del municipio de Sopelana se vierten a los cauces y playas sin ningún ó con un mínimo de tratamiento. Como consecuencia de todo ello las aguas receptoras se encuentran altamente contaminadas.

La contaminación es fundamentalmente de dos tipos: orgánica, cuya consecuencia es reducir el contenido en oxígeno disuelto a valores próximos a cero en ríos poco caudalosos, como el Gobela y sus arroyos tributarios, y bacteriológica que se deja sentir especialmente en las playas del municipio con el consiguiente riesgo sanitario.

El vertido de aguas residuales a los cauces, se realiza a través de colectores que se integran en redes municipales inconexas entre sí, dada la carencia de una planificación comarcal del saneamiento. Asimismo la...

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