DECRETO 245/1997, de 21 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas, Abastecimiento y Saneamiento, actuando como beneficiario, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamiento de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 245/1997, de 21 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas, Abastecimiento y Saneamiento, actuando como beneficiario, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamiento de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª Fase, del abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao".

Por Orden del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, de 10 de marzo de 1997, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Nuevos Depósitos de regulación en la estación de tratamiento de Venta Alta (Bizkaia)-2.ª Fase, del abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao», acordándose en la misma Orden solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de garantizar y mejorar el abastecimiento de agua a la comarca del Gran Bilbao, así como de garantizar el desarrollo de las previsiones hechas por el planeamiento en vigor, para los suelos comprendidos en este proyecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a polígonos o unidades de actuación completos, sistemas generales de la ordenación...

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