DECRETO 192/2007, de 13 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para obtener la evaluación y acreditación de Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, por parte del personal docente e investigador contratado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, del...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en su artículo 31 dispone que las funciones de evaluación, y las conducentes a la certificación y acreditación, corresponden a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y a los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determine. En este sentido, el artículo 79 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, crea Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco.

La Ley 3/2004, en el Título II, Capítulo 2, secciones tercera y cuarta, exige la previa evaluación de la actividad docente y/o investigadora para la contratación de las figuras de profesorado pleno, profesorado agregado, profesorado adjunto y personal investigador contratado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Exige también la emisión del informe previo para la contratación de la figura de profesorado colaborador y asociado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

El artículo 72.2 de la Ley Orgánica 6/2001, establece que el sesenta por ciento del profesorado de las Universidades privadas en posesión del título de doctora o doctor, tendrán la obligación de haber obtenido la evaluación positiva de su actividad docente y/o investigadora. Por ello, en el artículo 80.3.k) de la Ley 3/2004 entre las funciones que se le atribuyen a Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, está la de la evaluación de la actividad docente e investigadora de este profesorado. Asimismo, en el artículo 113.2 de la citada Ley, se dice que las universidades no públicas, para satisfacer los requisitos de evaluación externa de su profesorado deberán formalizar convenios con Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco.

Mediante este Decreto, y de acuerdo con las citadas Ley Orgánica de Universidades y Ley del Sistema Universitario Vasco, se regula el procedimiento para obtener la evaluación de la actividad docente y/o investigadora por parte de Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, para la contratación de las figuras de profesorado pleno, profesorado agregado, profesorado adjunto y personal investigador contratado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea; así como la emisión del informe previo para la contratación de las figuras de profesorado colaborador y asociado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Asimismo, regula el procedimiento para obtener la evaluación de la actividad docente y/o investigadora del profesorado de las Universidades privadas en posesión del título de doctora o doctor.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, emitido el Informe de Evaluación previa de Impacto en función del género, informado el Consejo Vasco de Universidades, emitido informe favorable por el Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria y de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2007, DISPONGO:

Artículo 1 – Objeto y ámbito.

El presente Decreto tiene por objeto regular el procedimiento que Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, deberá seguir en todas las universidades con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  1. – En la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

    – Para la evaluación de la actividad docente y/o investigadora para la contratación de las figuras de:

    • profesorado pleno,

    • profesorado agregado,

    • profesorado adjunto,

    • personal investigador contratado.

    – Para la emisión del informe previo para la contratación de las figuras de profesorado colaborador y asociado.

  2. – En las Universidades privadas, para obtener la evaluación de la actividad docente y/o investigadora del profesorado en posesión del título de doctora o doctor.

Artículo 2 – Convocatoria.
  1. – Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, aprobará la convocatoria para la presentación de solicitudes de evaluación de la actividad docente y/o investigadora para la contratación de las figuras de profesorado pleno, profesorado agregado, profesorado adjunto y personal investigador contratado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea; así como para la emisión del informe previo para la contratación de las figuras de profesorado colaborador y asociado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Asimismo, esta convocatoria servirá para la presentación de solicitudes de evaluación de la actividad docente y/o investigadora del profesorado de las Universidades privadas en posesión del título de doctora o doctor.

  2. – Dicha convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, estableciendo los plazos de presentación de instancias de solicitud y de toda la documentación que la normativa vigente exija.

  3. – Con carácter general habrá una convocatoria ordinaria anual. No obstante, Uniqual, Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco, podrá establecer cuantas convocatorias extraordinarias considere...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR