ORDEN de 11 de julio de 2001, del Consejero de Sanidad, por la que se hace público el proyecto para la tramitación telemática de determinados procedimientos en materia de prestaciones sanitarias públicas, aseguramiento sanitario e información sanitaria de carácter preventivo.

Extracto


ORDEN de 11 de julio de 2001, del Consejero de Sanidad, por la que se hace público el proyecto para la tramitación telemática de determinados procedimientos en materia de prestaciones sanitarias públicas, aseguramiento sanitario e información sanitaria de carácter preventivo.

ORDEN de 11 de julio de 2001, del Consejero de Sanidad, por la que se hace público el proyecto para la tramitación telemática de determinados procedimientos en materia de prestaciones sanitarias públicas, aseguramiento sanitario e información sanitaria de carácter preventivo.

El Plan Euskadi en la Sociedad de la Información, en su programa 3 de administración on-line y servicios a la ciudadanía plantea entre otros objetivos dinamizar la utilización del soporte de las tecnologías de la información y de las comunicaciones para mejorar la provisión de servicios públicos a través de determinadas acciones como la definición de sistemas de firma electrónica y encriptación.

En este mismo plan, una línea de acción preferente consiste en la implantación de una tarjeta sanitaria que posibilite articular las relaciones con la Administración Sanitaria incorporando un sistema de certificación que permita unas transacciones seguras.

Con el objeto de adquirir experiencia sobre la implantación de estas tecnologías y conocer su impacto previo a una extensión más amplia de la Tarjeta Sanitaria Electrónica es por lo que se inicia a modo experimental este ensayo de TSE para acceder por vía telemática a unos servicios seleccionados dentro de lo que hasta ahora se ofrece en el Sistema Sanitario de Euskadi.

En definitiva, se viene a articular un sistema de comunicación basado en los principios de autenticidad, confidencialidad, integridad, conservación, acuse de recibo y disponibilidad, consecuente con el principio de modernidad en el ámbito del Sistema Sanitario de Euskadi y basado en la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos. Las herramientas que garantizarán la seguridad jurídica en las transacciones telemáticas quedan señaladas, en primer lugar, por la Tarjeta Sanitaria electrónica como llave de acceso a los servicios sanitarios en los términos expuestos en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Eus...

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