ORDEN de 29 de julio de 1997 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se resuelven los Conciertos Educativos de los centros docentes privados en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria y E. Especial para el curso escolar 1997/98.

Extracto


ORDEN de 29 de julio de 1997 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se resuelven los Conciertos Educativos de los centros docentes privados en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria y E. Especial para el curso escolar 1997/98.

ORDEN de 29 de julio de 1997 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se resuelven los Conciertos Educativos de los centros docentes privados en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria y E. Especial para el curso escolar 1997/98.

Mediante la Orden de 30 de julio de 1996 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, se convocó la suscripción y renovación de Conciertos Educativos a partir del curso escolar 1996/97. Transcurrido el primer año de vigencia del Concierto convocado por la citada Orden, se procede a dictar la Orden por la que se resuelve la concertación para el curso escolar 1997/98, a los centros que suscribieron y renovaron los Conciertos Educativos, con la inclusión de las modificaciones habidas en los mismos, según los datos reales recabados con respecto a la matriculación, en virtud de la regulación contenida en el Decreto 293/1987, de 8 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Conciertos Educativos.

Examinadas las solicitudes presentadas por los centros docentes, y realizadas las correspondientes propuestas en los diferentes niveles educativos por las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación,

RESUELVO:

Primero.¿ Aprobar la relación de centros concertados para el curso escolar 1997/98 por nivel educativo, con determinación de la cuantía, n.º de unidades, modelo lingüístico y régimen de concertación que se especifica en el Anexo I a esta Orden.

Segundo.¿ Los importes recogidos en el Anexo I están calculados en base a los módulos económicos para el sostenimiento de los centros concertados recogidos en la Ley 10/1996, de 27 de diciembre de 1996, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997.

En relación con los dos primeros cuatrimestres del año 1998, se realizará el ajuste derivado de la aplicación de los módulos económicos que señale, en el momento de su aprobación, la Ley de Presupuestos para el ejercicio 1998.

Tercero.¿ Los importes de la presente Resolución son topes máximos en los que están incluidos los gastos de personal docente y no docente.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior y en los niveles afectados por el sistema de Pago Delegado, el concepto de antigüedad, a los trabajadores por cuenta ajena, será abonado en función de la antigüedad real de cada profesor en el centro.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.¿ Contra la presente Orden se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde su notificación mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.¿ La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de julio de 1997.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.

I. ERANSKINA/ ANEXO I

1997/98 IKASTURTEA- CURSO 1997-98

ARABAKO IKASTETXEAK / CENTROS DE ÁLAVA

NIVEL: E. INFANTIL RÉGIMEN: GENERAL

MAILA: HAUR H. JAURBIDE: OROKORRA

HERRIA IKASTETXEA MODULUA TALDEAK EREDUA ZENBATEKOA

LOCALIDAD NOMBRE DEL CENTRO MÓDULO AULAS MODELO IMPORTE

AMURRIO ARESKETA IKASTOLA OSOA / PL. 3 D 16.238.952

AMURRIO ARESKETA IKASTOLA OSOA / PLE . 3 B 16.238.952

AMURRIO CO. VIRGEN NIÑA OSOA / PLE . 3 B 16.238.952

BAÑOS DE EBRO/MA MAINUETA IKASTOLA OSOA / . 1 D 5.412.984

LABASTIDA BASTIDA IKASTOLA OSOA / PLE . 2 D 10.825.968

LAPUEBLA DE LABA ASSA IKASTOLA OSOA / PLE . 2 D 10.825.968

LLODIO CO. LA MILAGROSA OSOA / PLE . 5 B 27.064.920

LLODIO CO. LA MILAGROSA OSOA / PLE . 1 A 5.412.984

LLODIO LAUDIO IKASTOLA OSOA / PLE . 3 D 16.238.952

LLODIO LAUDIO IKASTOLA OSOA / PLE . 4 B 21.651.936

OYÓN-OION SAN BIZENTE IKASTOLA OSOA / PLE . 3 D 16.238.952

SALVATIERRA/AGUR CO. CORAZÓN DE . 2 B 10.825.968

VITORIA-GASTEIZ ARMENTIA IKASTOLA OSOA / PLE . 6 D 32.477.904

VITORIA-GASTEIZ CO. CALASANCIO MM.ESCOLAPIAS OSOA / . 3 A 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. CALASANZ (ESCOLAPIOS) OSOA / . 3 A 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. CALASANZ (ESCOLAPIOS) OSOA / . 3 B 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. HOGAR SAN JOSÉ OSOA / . 3 B 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. INMACULADA CONCEPCIÓN OSOA . 3 A 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. NAZARETH OSOA / PLE . 3 A 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. NIÑO JESÚS OSOA / . 3 B 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. NIÑO JESÚS OSOA / . 3 A 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. NTRA.SRA. DE LAS MERCEDES OSOA / . 3 B 16.238.952

VITORIA-GASTEIZ CO. NTRA.SRA. DE LAS MERCEDES OSOA / . 3 A 16.238.952

VITO...

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