RESOLUCIÓN 66/2017, de 7 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para financiar la promoción de la ciudad de Vitoria-Gasteiz como sede de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyResolución

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

Artículo único – Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para financiar la promoción de la ciudad de Vitoria-Gasteiz como sede de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura como anexo a la presente.

Vitoria-Gasteiz, a 7 de junio de 2017.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

En Vitoria-Gazteiz, a 7 de junio de 2017.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Iñigo Urkullu Renteria, Lehendakari del Gobierno Vasco, en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Gorka Urtaran Agirre, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas instituciones el presente documento y, al efecto,

I.– Con fecha de 2 de julio de 2013, se formalizó un Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para financiar la promoción de Vitoria-Gasteiz como sede de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

II.– La Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco, determina que «la designación de la sede de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco se hará mediante Ley del Parlamento Vasco y dentro del territorio de la Comunidad Autónoma».

III.– En base a dicha previsión, mediante Ley 1/1980, de 23 de mayo, de Sede de las Instituciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco se designó a Vitoria-Gasteiz como sede de Parlamento y Gobierno de la Comunidad Autónoma.

IV.– Esta circunstancia supone que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por ser Sede de las Instituciones Comunes (Gobierno Vasco y Parlamento Vasco) y de las demás Instituciones relacionadas con ellas, como pueden ser el Ararteko y el Tribunal Vasco de Cuentas, deba realizar actuaciones que comportan una serie de gastos generales y de inversión, entre los que se pueden citar los relacionados con la seguridad y la protección civil (actos públicos); el urbanismo y mantenimiento de espacios públicos; la protección del patrimonio histórico o la promoción y mejora de la imagen de la capital, que implican un incremento en el gasto e inversiones de los presupuestos municipales, sin que el Ayuntamiento pueda repercutir ese gasto sobre sus usuarios reales.

V.– En este contexto, el ejecutivo actual, y dentro de él, el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno –competente en materia de régimen local, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos– ha mostrado la voluntad de contribuir a la promoción de la ciudad de Vitoria-Gasteiz como sede de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en esta XI Legislatura. Asimismo, y de forma complementaria, el Gobierno Vasco ha mostrado su voluntad de contribuir a la realización de una serie de inversiones que permitan mejorar las infraestructuras y equipamientos de la ciudad a lo largo del período comprendido en la XI Legislatura 2017-2020.

VI.– Con este objetivo, se pretende contribuir a la financiación, dentro de la competencia que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ostenta de acuerdo con los artículos 14 a 24 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, de gastos generales y de inversión en que incurra el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que, correspondiendo a los capítulos I, II, VI y VII de su presupuesto municipal, tengan, con carácter general, como objetivo el mantenimiento del entorno urbano en óptimas condiciones, la seguridad de la ciudadanía y personas que por distintos motivos visiten la ciudad, así como otros destinados a mejorar los servicios públicos en general.

Por todo ello, teniendo en cuenta la confluencia de intereses y valorando la oportunidad, en aras de una mayor eficiencia en el uso de los recursos, los arriba reunidos formalizan el presente Convenio de Colaboración en los términos de las siguientes.

Primera.– Objeto.

El presente Convenio tiene como objeto principal establecer el marco jurídico que regule los derechos y obligaciones de las partes en la consecución del objetivo final que es la promoción de la ciudad de Vitoria-Gasteiz como sede de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La cantidad que...

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