RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2018, del Director de HABE, por la que se realiza la convocatoria extraordinaria de 2018, para la acreditación de los niveles B1, B2 y C1 de euskera, del alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco, conforme al Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto sobre la acreditación de la competencia en euskera de la población adulta en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación de HABE, y del Decreto 179/2003 de 22 de julio, la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura publicó la Orden de 23 de noviembre de 2016, por la que se establecen los procedimientos de obtención de certificados de los niveles de competencia establecidos en el Currículo Básico de Enseñanza de Euskera a Personas Adultas de HABE.

Dicha Orden dispone, en su artículo 5, que el alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak podrá obtener los certificados correspondientes a los niveles de competencia del HEOC mediante una convocatoria extraordinaria, y faculta a la Dirección de HABE para convocar anualmente dicha convocatoria extraordinaria.

Por otra parte, el artículo 4 del Decreto antes mencionado establece que HABE colaborará con otras instituciones y organismos en el proceso de acreditación de los diferentes niveles de conocimiento del euskera.

Teniendo en cuenta todo ello, en el acuerdo de colaboración firmado el pasado 1 de diciembre de 2017 entre HABE y el Instituto Vasco Etxepare, ambas partes acordaron que HABE se encargaría de llevar a cabo las convocatorias de pruebas de acreditación de 2018 dirigidas al alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak.

Por consiguiente, en base a lo establecido en el citado acuerdo de colaboración y en el artículo 5 de la Orden de 23 de noviembre de 2016, procede realizar la convocatoria extraordinaria de pruebas de acreditación de 2018 dirigida al alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak.

Por todo ello,

Primero.– Realizar una convocatoria extraordinaria para que el alumnado de cursos de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco pueda acreditar los niveles B1, B2 y C1 de competencia comunicativa del Currículo Básico de Enseñanza del Euskera a Personas Adultas en 2018, según las bases y criterios establecidos en los Anexos I y II de esta Resolución.

Segundo.– Llevar a cabo esta convocatoria en los Centros Vascos-Euskal Etxeak de Madrid y Barcelona.

Tercero.– En orden a la organización y materialización de esta convocatoria, realizar las atribuciones de funciones y nombramientos que a continuación se señalan:

– La Comisión de Exámenes asumirá las funciones atribuidas a los tribunales de los niveles de competencia B1, B2 y C1, en virtud del artículo 10.2 de la Orden de 23 de noviembre de 2016 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

– El responsable de esta convocatoria extraordinaria asumirá las funciones reconocidas en los artículos 13 y 14 de la mencionada Orden a los tutores y responsables territoriales.

A tal efecto, se designa como responsable de esta convocatoria extraordinaria a José Francisco Zinkunegi Uzkudun.

– Con las funciones y obligaciones establecidas en el artículo 12 de la mencionada Orden, se nombra como examinadores a las siguientes personas:

Ane Bastida Lizaso, para las pruebas de acreditación que se realicen en el Centro Vasco-Euskal Etxea de Madrid.

Errukiñe Olaziregi Gómez, para las pruebas de acreditación que se realicen en el Centro Vasco-Euskal Etxea de Madrid.

Jose Angel Odiaga Galletebeitia, para las pruebas de acreditación que se realicen en el Centro Vasco-Euskal Etxea de Barcelona.

Asimismo, podrán actuar como personal examinador de esta convocatoria extraordinaria las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos a tal efecto, sean nombradas como tales por el Director de HABE para las convocatorias dirigidas al alumnado de euskaltegis y centros homologados para el autoaprendizaje del euskera.

Cuarto.– En caso de producirse contradicción semántica entre los textos en euskera y castellano de esta Resolución, tendrá prioridad el texto redactado en euskera, dado que su texto original fue redactado en dicha lengua.

Quinto.– Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En San Sebastián, a 12 de marzo de 2018.

El Director de HABE,

JOKIN AZKUE ARRASTOA.

Base 1.ª – Objeto.

Es objeto de estas bases establecer especificaciones en el procedimiento previsto en la Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura de 23 de noviembre de 2016, para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa B1, B2 y C1 del Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Personas Adultas (HEOC) por el alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, en la convocatoria extraordinaria de 2018.

Base 2.ª – Marco básico de la convocatoria.

El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas de HABE (HEOC) y el Marco Común Europeo de Referencia para la enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas constituirán, respectivamente, el fundamento y el ámbito de referencia para la acreditación del nivel de competencia del examinando.

Siendo así, las pruebas de competencia dirigidas a la obtención de los certificados correspondientes a los niveles B1, B2 y C1 determinados en el HEOC, se regirán por los criterios de evaluación fijados en dicho Currículo y por los contenidos y características recogidas en el Anexo II.

Base 3.ª – Requisitos para acceder al proceso de acreditación de esta convocatoria.

Para poder presentarse a esta convocatoria, las personas interesadas deben cumplir las dos condiciones que se especifican a continuación:

– Estar matriculada en cursos de euskera en niveles B1, B2 y C1 del HEOC en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco, en algún curso iniciado a partir del 1 de junio de 2017.

– Haber superado a lo largo de los cursos iniciados a partir del 1 de junio de 2017, en las cuatro destrezas lingüísticas, el umbral del nivel que se pretende acreditar en las pruebas convocadas, antes del 23 de marzo de 2018.

Base 4.ª – Funciones de cada Centro Vasco-Euskal Etxea.

El Centro Vasco-Euskal Etxea pondrá a disposición de la Sección de Programas Específicos de HABE los datos del alumnado matriculado y sus niveles mínimos de competencia en euskera, en la fecha indicada en la base 3.ª de esta convocatoria, siguiendo la codificación por niveles que se señala a continuación:

– Nivel B1: Código B1B1.

– Nivel B2: Código B2B2.

– Nivel C1: Código C1C1.

Base 5.ª – Calendario de la convocatoria y lugar de las pruebas.

5.1 – Las pruebas de la convocatoria extraordinaria para el alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak del año 2018 se realizarán en Madrid y Barcelona.

5.2 – En el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco, HABE publicará en su portal www.habe.euskadi.eus las fechas previstas para el desarrollo de las pruebas de acreditación correspondientes a la convocatoria extraordinaria de 2018: plazo de matrícula, fecha de publicación del listados personas admitidas, fechas para la realización de las pruebas y fechas de comunicación de resultados.

5.3 – HABE podrá modificar las fechas previstas en el calendario de estas pruebas en función de las circunstancias que pudieran concurrir en el desarrollo de las mismas, salvo las relativas al plazo de matrícula.

5.4 – La solicitud de cambio del lugar del examen se realizará por correo electrónico, en base al procedimiento determinado en el portal www.habe.euskadi.eus, explicando los motivos de la solicitud, siempre y cuando sea dentro de las fechas establecidas en el calendario.

Base 6.ª.– Inscripción, precio y abono de la matrícula.

6.1 – La inscripción para las pruebas de acreditación se realizará en el portal www.habe.euskadi.eus, con la cumplimentación de la hoja de inscripción, en el plazo fijado al efecto.

6.2 – El abono de la matrícula deberá realizarse en el plazo fijado para efectuar la matrícula, por Internet, o en su caso, mediante pago en entidades bancarias que ofrezcan dicho servicio (Kutxabank, Sabadell, Laboral Kutxa, Bankoa, BBVA, Banco Santander, CaixaBank, Banco Popular), utilizando para ello el impreso que obtendrá el alumno al inscribirse.

6.3 – Se entenderá que el proceso de matriculación ha sido debidamente formalizado en el plazo fijado al efecto, cuando ambos trámites, inscripción y abono de la matrícula, hayan sido realizados en plazo. El incumplimiento de alguno de los trámites indicados en el plazo establecido, conllevará la exclusión del proceso de acreditación.

6.4 – Una vez abonados los derechos de matrícula, no se devolverá el importe de los mismos, salvo en el caso de haber repetido la matrícula para el mismo nivel, o en los casos en que el nivel para el que se ha realizado la matrícula sea erróneo, siempre que en este último caso la solicitud de devolución se realice dentro del plazo de matrícula.

6.5 – Respecto al precio de matrícula a abonar, se aplicarán los precios públicos fijados para la prestación de los servicios que HABE ofrece, a cuyo efecto se estará a los precios que en el período de matriculación se encuentren en vigor de conformidad con la normativa vigente en su momento. En todo caso, HABE dará a conocer estos precios a través de www.habe.euskadi.eus

6.6 – Al formalizar la matrícula, el examinando acepta explícitamente y se compromete voluntariamente al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en estas bases.

Base 7.ª.– Listado de personas admitidas.

Finalizado el período de matriculación, el Director de HABE publicará el listado de las personas admitidas para las pruebas de acreditación de los niveles de competencia B1, B2 y C1, y cada examinando podrá consultar en el portal www.habe.euskadi.eus el estado de su solicitud de matriculación.

Base 8.ª.– Situaciones específicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR