RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2014, del Director de Justicia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a proyectos de inclusión socio-laboral de personas presas en la Comunidad Autónoma del País vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de AdministraciÓN PÚBlica y Justicia
Rango de LeyResolución

Primero.– Mediante Orden de 3 junio de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 109, de 11 de junio de 2014, se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a proyectos de inclusión socio-laboral de personas presas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se realicen durante el año 2014.

Segundo.– Tras el análisis de las solicitudes y de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Orden de convocatoria, la Comisión de Valoración, reunida el 4 de septiembre de 2014, elaboró una Propuesta de concesión de la subvención.

Primero.– El Director de Justicia es el órgano competente para dictar esta Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden del Consejero de Administración Pública y Justicia, de 3 junio de 2014, por la que se convocan subvenciones destinadas a proyectos de inclusión socio-laboral de personas presas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– De acuerdo con el artículo 6 de la citada Orden de convocatoria, corresponde a la Dirección de Justicia, a través del Servicio de Justicia de Adultos, analizar las solicitudes presentadas y verificar que dichas solicitudes reúnen los requisitos exigidos.

Tercero.– El artículo 11 de la Orden de convocatoria preceptúa que las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta los criterios de valoración y la escala de puntuación siguientes:

Respecto a la entidad solicitante:

Trayectoria de la entidad en el ámbito de la inclusión socio-laboral de personas presas. De 0 a 10 puntos.

Respecto al proyecto propuesto:

  1. Número de personas presas beneficiarias del programa y su oportunidad o interés social. Obtendrán mayor valoración aquellos proyectos dirigidos a los colectivos de difícil inserción (pueblo gitano, inmigrantes, mujeres o personas con problemas de salud mental). De 0 a 10 puntos.

  2. Aportación del proyecto al proceso de inclusión socio-laboral de las personas presas, valorando especialmente aquellos proyectos que permitan a las personas presas acceder a regímenes de vida fuera de prisión. De 0 a 20 puntos.

  3. El grado de colaboración y de coparticipación de la entidad en las actividades que se proponen con otras organizaciones dedicadas a la intervención social con personas presas, así como con Lanbide. Obtendrán mayor valoración las colaboraciones acreditadas mediante escrito presentado al efecto entre entidades dedicadas a la intervención social con...

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