RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2013, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros para el año 2013, presentadas por la empresa Transportes Urbanos de Vitoria, S.A. (Tuvisa).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y Finanzas
Rango de LeyResolución

La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 14 de mayo de 2013, ha adoptado el Acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento.

En la Dirección de Economía y Planificación ha tenido entrada la solicitud de revisión de tarifas presentada por la empresa Transportes Urbanos de Vitoria, S.A. (Tuvisa) correspondiente al servicio público de transporte urbano de viajeros para el año 2013.

Las tarifas correspondientes al transporte urbano de viajeros están sujetas a la normativa de control de precios en la modalidad de «precios autorizados de ámbito autonómico», a tenor del artículo 16.4 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica (BOE n.º 139, de 8 de junio).

La Comisión de Precios de Euskadi ejerce dicha competencia en virtud del Decreto 35/2010, de 2 de febrero, regulador de la Comisión de Precios de Euskadi (BOPV n.º 31, de 16 de febrero), y de la Orden de 15 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de revisión de precios autorizados y precios comunicados (BOPV n.º 128, de 6 de julio).

El artículo 9.1 de la Orden de 15 de junio de 2010 establece que el periodo de vigencia de las tarifas autorizadas será, como mínimo, de un año, si bien en su párrafo 2 se señala que «no obstante, cuando concurran circunstancias especiales acreditadas en el expediente, la Comisión de Precios de Euskadi podrá, de oficio o a instancia de parte interesada, revisarlas, aun cuando no hubiere transcurrido el periodo señalado en el apartado 1».

Las normas mencionadas están dirigidas a conseguir un cierto equilibrio económico, teniendo también su justificación en la necesidad de vigilar los mecanismos de formación de los precios respecto del coste de la vida.

Una vez analizado el expediente de revisión de las tarifas presentadas para el año 2013, se consideran suficientes y ajustadas a los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.

En su virtud, la Comisión de Precios de Euskadi acuerda:

Primero.– Autorizar las tarifas servicio de transporte urbano de viajeros solicitadas por la empresa Transportes Urbanos de Vitoria, S.A. (Tuvisa) para el año 2013, en los conceptos y cuantías, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Seguro Obligatorio de Viajeros, que a continuación se indican:

  1. – El título General incluye el derecho de...

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