DECRETO 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.

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DECRETO 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.

La Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, dedica sus artículos 21 y 22, respectivamente a la acción humanitaria y la ayuda de emergencia, consolidando estas formas de intervención entre los instrumentos de la cooperación vasca con los países empobrecidos.

El Gobierno Vasco ha financiado intervenciones en materia de acción humanitaria desde los inicios de su política de solidaridad internacional. Sin embargo, la acción humanitaria ha tenido un desarrollo comparativamente menor respecto a otras áreas de la cooperación pública vasca, especialmente respecto a la cooperación y la educación al desarrollo. En este sentido, es imprescindible dar los pasos necesarios para superar las carencias que todavía persisten en el sector humanitario en Euskadi, así como incorporar los avances conceptuales y metodológicos que se han producido en la materia.

Los desastres, o crisis humanitarias, constituyen procesos de fuerte desestructuración social y económica que ocasionan un grave deterioro de las condiciones alimentarias y sanitarias, así como un incremento de la mortalidad. Tales desastres son activados por calamidades naturales o por conflictos armados, pero en última instancia, su intensidad viene determinada por el nivel de vulnerabilidad de la población. Las concepciones más actuales consideran que las crisis humanitarias, o desastres, no constituyen una interrupción anómala y puntual del proceso de desarrollo, sino que, por el contrario, normalmente reflejan el fracaso de un determinado modelo de desarrollo, caracterizado por la alta vulnerabilidad de buena parte de la población. Esta perspectiva es particularmente cierta en el caso de las Emergencias Políticas Complejas, graves crisis humanitarias de naturaleza sistémica, caracterizadas por la quiebra de las estructuras económicas y estatales, así como por la guerra civil. En ellas, la población se ha convertido en objetivo habitual del conflicto armado, lo que resulta en unos altos niveles de destrucción y mortalidad, así como en la violación sistemática de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

En definitiva, los escenarios más habituales y más graves a los que la acción humanitaria tiene que hacer frente en la actualidad son contextos de violencia armada, lo cual le plantea nuevos desafíos conceptuales y operativos, entre otros, la preservación de los principios humanitarios y el posible uso de la acción humanitaria como instrumento útil para la construcción de la paz.

 

Sin embargo, debe tenerse en cuenta también que las personas afectadas por los desastres, lejos de asumir una postura pasiva, implementan diferentes estrategias de afrontamiento ante los mismos, para lo que utilizan sus propias capacidades (recursos materiales, redes sociales o conocimientos). Por todo ello, la acción humanitaria no debe limitarse al alivio puntual de las necesidades inmediatas, sino que debe contribuir a sentar las bases para un desarrollo futuro, r...

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