ORDEN de 23 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convoca a entidades sin ánimo de lucro, que deseen colaborar con el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el desarrollo, en el ámbito escolar, de actividades educativas dirigidas al alumnado gitano, durante el curso 2014-2015.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de EducaciÓN, PolÍTica LingÜÍStica y Cultura
Rango de LeyOrden

El Sistema Educativo ha de tener las estrategias y recursos necesarios para que el alumnado gitano esté en las mismas condiciones que el no gitano para lograr el éxito escolar.

La escuela acoge, al menos durante el período de escolaridad obligatoria, a toda la población. Y tiene el compromiso, por el hecho de ser obligatoria, de facilitar a todas las personas el desarrollo de sus capacidades y competencias al máximo, para que sea posible su inserción social y laboral, en condiciones de igualdad.

Para alcanzar estos objetivos y el pueblo gitano tenga cabida plenamente la escuela necesita un proyecto educativo intercultural, que ponga el énfasis en la superación de las desigualdades y tenga en cuenta las necesidades personales del alumnado. Frente a propuestas segregadoras, el modelo escolar de la escuela inclusiva es el marco indispensable para el logro de estos objetivos en un contexto de cohesión social y de igualdad en el respeto a la diferencia.

Actualmente, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Educación se halla garantizada desde los 0 años y es obligatoria desde los 6 hasta los 16 años. No obstante, la mera escolarización de los niños y niñas en unas determinadas edades no garantiza su igualdad ante el hecho educativo.

A pesar de los grandes avances habidos estos últimos años en su escolarización, el éxito escolar del alumnado gitano no está al mismo nivel del de la mayoría del alumnado de nuestra comunidad.

En el II Plan Vasco para la Promoción integral y la Participación Social del Pueblo Gitano se hace referencia a las siguientes barreras:

– el desconocimiento de la cultura gitana y falta de reflexión sobre la situación real del pueblo gitano y las dinámicas o barreras que dificultan el progreso de las familias gitanas y, en general, sobre las dinámicas que inciden en el aumento de las desigualdades en la sociedad actual,

– la existencia de numerosos prejuicios y estereotipos, casi siempre negativos respecto a las personas gitanas, y

– las bajas expectativas con respecto a las posibilidades o interés en el aprendizaje, lo que repercute en las expectativas del alumnado e influye en las actitudes con respecto a la escuela y la formación en general;

El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura para superar estas barreras está desarrollando El Plan para la mejora de la escolarización del alumnado gitano (2012-2015), además de hacer partícipe a este colectivo de otras medidas, programas etc, dirigidos a dar respuesta a la diversidad de todo el alumnado.

En este contexto se convoca a las entidades interesadas a presentar sus proyectos de actividades educativas a desarrollar durante el curso 2014-2015 en colaboración con los centros escolares.

Se fijan, en la Orden, los mecanismos y plazos de presentación de dichos proyectos y los procesos de selección entre los mismos, haciendo públicos los criterios y las y los responsables de dicha selección.

Por ello,

Artículo 1 – Objeto.

Es objeto de la presente Orden subvencionar los proyectos presentados por entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actividades educativas dirigidas al alumnado gitano en el ámbito escolar de la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el curso 2014-2015.

Artículo 2 – Recursos Económicos.
  1. – A la presente convocatoria se destina una cantidad de cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos noventa (435.890) euros, desglosada en las siguientes cantidades por territorios:

    1. Álava: 73.395 euros.

    2. Gipuzkoa: 101.990 euros.

    3. Bizkaia: 260.505 euros.

  2. – La adjudicación de las subvenciones se realizarán a través de tres procedimientos diferenciados por cada uno de los territorios señalados. En el caso de que cualquiera de los tres procedimientos no se agotara la consignación económica correspondiente una vez atendidas todas las solicitudes, el excedente podrá destinarse a la financiación de las ayudas correspondientes a los otros dos procedimientos, con carácter previo a la resolución de los mismos, dándose publicidad de tal circunstancia en el BOPV mediante Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios.

  3. – Estas cantidades podrán ser incrementadas, con carácter previo a la resolución de la convocatoria, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura teniendo en cuenta el coste global de las solicitudes. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios.

Artículo 3 – Actividades subvencionables.
  1. – Serán todas aquellas que se desarrollen en centros educativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se hallen dirigidas a aumentar el éxito escolar del alumnado gitano y mejorar la convivencia intercultural en los centros docentes con presencia de alumnado gitano.

  2. – Las actividades subvencionables se desarrollarán en colaboración con el profesorado e incorporarán los aspectos siguientes:

  1. Las encaminadas a aumentar el éxito escolar del alumnado gitano:

    I.– Acciones que supongan apoyo y refuerzo educativo dentro y fuera del aula bajo una óptica de inclusión escolar, dando siempre prioridad al trabajo dentro del grupo-clase.

    II.– Colaboración con el centro en los programas escolares y extraescolares que incidan en la mejora del aprendizaje para aumentar la participación del alumnado gitano en ellos (Bide Laguna, Bibliotecas de Centro y de barrio, talleres socioeducativos, actividades extraescolares,.).

    III.– Seguimiento individual del alumnado en colaboración con los tutores y las tutoras, incluyendo la realización de tutorías individualizadas que se precisen siguiendo criterios inclusivos.

    IV.– Realización de tutorías grupales en colaboración con tutores y tutoras.

    V.– Actividades que ayuden a visualizar al Pueblo Gitano dentro del centro educativo.

    VI.– Las que promocionen y difundan las situaciones de éxito de alumnado gitano como la presencia en el Centro de gitanos y gitanas que han obtenido éxito escolar o la celebración de encuentros con alumnado gitano.

  2. Las encaminadas a mejorar la convivencia intercultural en la comunidad educativa:

    I.– Actividades que promuevan la implicación de las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

    II.– Actividades que ayuden a mejorar la convivencia con la implicación de la comunidad educativa (alumnado, profesorado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR