LEY 5/1995, de 13 de diciembre, para la autorización de permuta de terrenos entre la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de Bilbao, y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de San Sebastián/Donostia.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyLey

LEY 5/1995, de 13 de diciembre, para la autorización de permuta de terrenos entre la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de Bilbao, y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y el Ayuntamiento de San Sebastián/Donostia.

Se hace saber a todos los/las ciudadanos/as de

Euskadique el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente

Se hace saber a todos losllas ciudadanoslas de

Euskadique el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente

LEY 5/1995, DE 13 DE DICIEMBRE, PARA LA

AUTORIZACIÓN DE PERMUTA DE, TERRENOS

ENTRE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS

VASCO/EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA

Y EL AYUNTAMIENTO DE BILBAO, Y LA

UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO/EUSKAL

HERRIKO UNIBERTSITATEA Y EL

AYUNTAMIENTO DE SAN

SEBASTIAN/DONOSTIA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Entre los bienes de dominio privado o patrimoniales de la Universidad del País Vasco/Euskal

Herriko Unibertsitatea figura una parcela de terreno de 22.400 m2, sita en la carretera de Basurto a Castrejana, en el barrio de Castrejana (Bilbao), denominada "Residencia de Ingenieros", zona alejada del resto de centros universitarios, con una calificación urbanística de "otros equipamientos". Asi mismo, en la ciudad de

San Sebastián/Donostia se encuentra la Antigua Escuela de Magisterio, ubicada en el paseo de Ategorrieta, aislada de las restantes dependencias universitarias que se están reorganizando en torno al Campus de Ibaeta, y con una calilicaclón actual de "otros equipamientos".

Como consecuencia del crecimiento y especialización de la Universidad pública vasca, las instalaciones primitivas no responden a las necesidades actuales, siendo preciso dar una solución a la demanda de locales apropiados con la adquisición de inmuebles donde ubicar tales servicios situados en las proximidades de los centros ya existentes con el fin de posibilitar la ampliación de los mismos, en beneficio de la calidad tanto de la enseñanza como de la investigacion.

Dado que los terrenos citados al inicio no son idóneos, por su ubicación y accesos, para instalar dependencias universitarias, pero tienen interés para otras instituciones públicas, como son el Ayuntamiento de Bilbao y el Ayuntamiento de San Sebastian/Donostia, la Junta de Gobierno de la Universidad del Pais

Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea autorizó y su

Consejo Social aprobó la firma de los convenios de permuta entre estas instituciones.

En la medida en que la única posibilidad de crear un "Instituto Tecnológico" que integre y no constriña a la

Universidad en el tejido urbano de Bilbao, tal y como propugna su P.G.O.U., sin que esto signifique un desembolso económico inalcanzable para los presupuestos de la Universidad, discurre paralela a la adquisición del terreno de propiedad municipal, inmueble situado en el centro de Bilbao, que une la

Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales y de

Telecomunicaciones con el Hospital de Basurto, sede de una unidad docente de medicina, y el terreno propiedad de la Universidad no reporta ninguna utilidad a ésta pero es interesante su reutilización como albergue juvenil, aparece justificada la posibilidad de permuta que se

Plantea.

Así mismo, la Universidad del Pais Vasco/Euskal

Herriko Unibertsitatea esta obligada a proceder a: traslado de las dependencias del Vicerrectorado del

Campus de San Sebastián/Donostia al Área

Universitaria, habiéndose previsto a tal fin por el

Ayuntamiento de San Sebastián/Donostia, y dentro de las medidas contenidas en el Plan General de

Ordenación Urbana de San Sebastián/Donostia, la calificación de su propiedad como Equipamiento

Docente -Vicerrectorado de Campus de Gipuzkoa-. Por su parte, el Ayuntamiento de San Sebastián/Donostiako

Udala está interesado en aumentar la oferta de equipamiento social y mejorar la vialidad en el barrio de

Ategorrieta, para dar cobertura a las cada vez mayores necesidades de la ciudad, siendo la permuta de propiedades el sistema más efectivo para dar cumplimiento a estos dictados.

El Órgano Plenario del Ayuntamiento de Bilbao, con fecha 4 de octubre de 1994, y el del Ayuntamiento de

San Sebastian/Donostia, con fecha 4 de abril de 1995, respectivamente, han autorizado la realización de la permuta, y, dado que los valores de los inmuebles a permutar son superiores a los doscientos millones de pesetas, en virtud de los articulos 50 y 47 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, es necesaria la aprobación de la permuta por ley del

Parlamento Vasco, previa declaración de alienabilidad efectuada por resolución del Magnífico Señor Rector de la Universidad del Pais Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea, de fecha 28 de diciembre de 1994, para el inmueble sito en Bilbao, y 3 de abril de 1995 para el inmueble ubicado en San Sebastián/Donostia.

TITULO PRIMERO Artículos 1 a 5

PERMUTA CON EL AYUNTAMIENTO DE

BILBAO

Capítulo I Artículos 1 a 4

Descripción de los bienes

Artículo 1

Se autoriza la permuta de inmuebles entre la

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea y el Ayuntamiento de Bilbao, siendo éstos los que se detallan en los artículos siguientes.

Articulo 2

El terreno a permutar propiedad de la

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea en Bilbao será el que se detalla a continuación: a) Urbana. Parcela denominada Residencia de

Ingenieros e Investigadores, sita en el barrio de

Castrejana de esta villa, con una superficie de 22.400 m2 que linda: al norte, con solución Sur de

Bilbao; al sur, con la carretera Bilbao a

Balmaseda; al Oeste, con los Señores Herederos del Valle; y al este, con Señores Herederos del

Valle. Sobre dicha finca se halla situada la siguiente edificación:

Dos nuevos edificios aislados. El primero, compuesto de porche, sótano, planta baja y plantas primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima. Y el segundo compuesto de porche, dos sótanos, planta baja, primera y segunda. Tienen. respectivamente, una superficie total construida de 2.867 m2 y 1.809 m2.

Inscrita en el Registro de Bilbao Nº 2, Tomo 1795, Libro 1741 de Bilbao; Folio 216, fmca 54.885 duplicada. Inscripción 1º, libre de cargas. b) 925 Unidades de aparcamiento futuras, correspondientes a los aprovechamientos urbanísticos constituidos por los 23.197 m2 de construcción posible en la parcela de terreno ocupada por los bloques denominados 1 -Anexo y 2-Central de los que permuta el Ayuntamiento, en los que se refleja el bajo rasante.

La valoración económica de estos inmuebles es de dos mil quinientos nueve millones novecientas ochenta y siete mil trescientas cincuenta y nueve (2,509.987.359.-) pesetas.

Artículo 3

El inmueble propiedad del Ayuntamiento de

Bilbao a adquirir por la Universidad del País

Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea será el siguiente:

A) Terreno solar edificable, en esta villa de Bilbao, del barrio de Basurto, que compone la totalidad de la manzana número 43 del plano del Ensanche; que fiene una superficie de 2.638 m2, y según reciente medición consta de 11.363,04 m2. Linda, al norte, con calle en proyecto y terrenos municipales; al sur, prolongación de la calle Pérez

Galdós; al este, calle de Luis Briñas; y al oeste, terrenos municipales.

Inscrita al Tomo 375, Libro 220 de Bilbao, Folio 36, Finca 5928, Inscripción tercera.

Parcela de 286,62 m2, que se segregará del terreno en Basurto de 1.342,03 m2. Linda: norte, camino carretil público que del Ferial de Basurto conduce ai punto de la Ventosa o San Mamés, denominado camino de Capuchinos, hoy desafectado; sur, en parte con camino público desafectado, denominado de Capuchinos, que desemboca en la calle Gurtubay y con finca propiedad del Hospital de Basurto; este, con camino público y oeste, las fincas segregadas de la finca matriz, hoy propiedad de la

Administración de la Comunidad Autónoma del

País Vasco, por asunción del patrimonio sanitario de la Asociación Benéfico Particular Santo

Hospital Civil de Bilbao, y propiedad de la Feria

Internacional de Muestras de Bilbao.

Queda inscrita en el Registro de la Propiedad de

Bilbao nº 2, Libro 1476, Folio 92, Finca 3.939N,

Inscripción tercera.

Parte del antiguo camino de Capuchinos, inscrito en el Registro de la Propiedad; mide una superticie de 2.546,18 m2.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bilbao nº 2, al Tomo 1800, Libro 1746 de Bilbao, Folio 145, Finca número 45.240 Duplicada. Inscripción

I".

D) Trozo de terreno actualmente ocupado por la calle

Pérez Galdós, o su prolongación, y que mide una superticie de 2.331,72 m2.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bilbao, nº 2, al Tomo 1800, Libro 1746 de Bilbao, Folio 145, Finca 54.238 Duplicada, Inscripción 1ª.

La ordenación prevista para las parcelas referidas se conforma en tres grupos de edificaciones perfectamente definidos, que son los siguientes: 1.- Bloque Anexo: conjunto edificatorio con dos pequeños patios; con un aprovechamiento sobre rasante de 18.615 m2, y bajo rasante de 3.720 m2 (135 unidades de aparcamiento). Se le afecta una superficie de 4.963,07 m2. 2.- Bloque Central: conjunto edificatorio con un gran patio central; tiene un aprovechamiento sobre rasante de 21.716 m2, y bajo rasante de 19.447 m2 (790 unidades de aparcamiento). Se le afecta una superficie de 8.183.12 m2. 3. Ampliación: edificio ampliación de la Escuela de

Telecomunicaciones; con un aprovechamiento sobre rasante de 9.000 m2, y nada de aprovechamiento bajo rasante. Se le afecta una superficie de 3.381,57 m2.

La valoración económica de estas parcelas es de dos mil quinientos treinta y nueve millones ochocientas veinte mil trescientas cuarenta y siete pesetas (2.539.820.347 ptas.)

Articulo 4

Al existir diferencia en las valoraciones asignadas, procede compensación económica a favor del

Ayuntamiento de Bilbao por un importe de veintinueve millones ochocientas treinta y dos mil novecientas ochenta y ocho pesetas (29.832.988 ptas.)

Capítulo II Artículo 5

Cesión gratuita del uso a favor del Ayuntamiento de

Bilbao

Artículo 5

La Universidad cede gratuitamente el uso de las parcelas 1-Anexo y 2-Central al Ayuntamiento de Bilbao para la instalación provisional de la estación de autobuses, durante un periodo de cinco años para la primera parcela y ocho años para la segunda.

TITULO SEGUNDO Artículos 6 y 7

PERMUTA CON EL AYUNTAMIENTO DE SAN

SEBASTIÁN/DONOSTIA

Capítulo I Artículos 6 y 7

Descripción de los inmuebles

Artículo 6

La parcela a permutar propiedad de la

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea será la que se detalla a continuación:

Villa Soroa, sita en el barrio de Ategorrieta de la ciudad de San Sebastián/Donostia; tiene una superficie de 3.909 m2 en los que se encuentran las siguientes edificaciones. 1.- ANTIGUA ESCUELA DE MAGISTERIO, consta de semisótano, planta baja, planta primera y planta segunda con una superficie construida total de 1.932 m2. 2.- CASA DEL GUARDA, que consta de planta baja y planta primera, con una superficie total construida de 298 m2. 3.- GIMNASIO, consta de planta baja, planta primera y planta segunda, con una superficie total construida de 599 m2.

Queda inscrita en el Registro de la Propiedad de

San Sebastián/Donostia nº 1, al Tomo 1750, Libro 182, Folio 168, Inscripción Primera.

La valoración económica de este inmueble es de doscientos ochenta y tres millones cuatrocientas cincuenta y nueve mil doscientas cuarenta y una pesetas (283.459.241 ptas.), considerada la consolidación y ampliación de los edificios existentes.

Artículo 7

El inmueble propiedad del Ayuntamiento de San

Sebastián/Donostia a adquirir por la Universidad del

País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea será el siguiente:

Finca denominada Julianategui, sita en el barrio de Ibaeta. Tiene una superficie de unos 10.000 m2 y según medición reciente su superficie es de 9.064 m2, en los que se encuentra un edificio que consta de piso bajo, otro alto con lagar (hoy convertido en dos habitaciones) y desván y ocupa de solar 249 m2; el garaje y gallinero constan solamente de planta baja, y toda la finca linda: por el norte, con el resto del terreno de que se segregó, y con el camino de Servidumbre para

Arriolanea; por el sur, con resto de terreno de que se segregó, y con el camino vecinal de Comporta; por el este:con resto de terreno de que se segregó, y por el oeste, con el camino de servidumbre de tiolanea y camino vecinal de Comporta.

Finca inscrita en el Tomo 1.195, Libro 54, Folio 153, Sección 2ª, Finca 7.205, Inscripción 6ª.

El terreno y edificación del Ayuntamiento se valora en la cantidad de doscientos noventa y

Por consiguiente, ordeno a todos los/las ciudadanos/as de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 1995.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR