ORDEN de 30 de marzo de 2009, de la Consejera de Cultura, por la que se inscribe el palacio Urrutia o Iduia, sito en Ozaeta, Barrundia (Álava) como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

Extracto


ORDEN de 30 de marzo de 2009, de la Consejera de Cultura, por la que se inscribe el palacio Urrutia o Iduia, sito en Ozaeta, Barrundia (Álava) como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, a la vista del interés cultural del palacio Urrutia o Iduia, sito en Ozaeta, Barrundia (Álava), fundamentado su valor cultural, y a tenor de lo dispuesto por la normativa legal aplicable, re...

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