ORDEN de 4 de marzo de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y se convoca, para el ejercicio 2015, las ayudas destinadas a apoyar la realización de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental de carácter estratégico en la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Etorgai.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico y Competitividad
Rango de LeyOrden

Esta Orden del Programa Etorgai está alineada con el nuevo Plan de Ciencia y Tecnologia, Euskadi 2020, que busca la coherencia con los objetivos estratégicos marcados a nivel europeo –la estrategia Europa 2020– para desarrollar economías competitivas y dinámicas, basadas en el conocimiento, capaces de crecer de manera sostenible y de mejorar el empleo desde una perspectiva cuantitativa y cualitativa.

Este programa apoya el desarrollo de iniciativas empresariales estratégicas, surgidas a partir del liderazgo empresarial y en el aprovechamiento de las capacidades científico-tecnológicas del País Vasco y basadas en proyectos bien en cooperación o bien en forma singular.

Los proyectos Etorgai están definidos por la dimensión global de la innovación planteada y por la intensidad de la inversión en I+D+i necesaria para alcanzar no sólo los objetivos individuales de las empresas sino, en particular, para ejercer un efecto tractor sobre la economía del País Vasco y contribuir a su internacionalización.

Así pues, el programa va dirigido a financiar proyectos de investigación industrial de áreas estratégicas, de importante dimensión y alcance científico-tecnológico y va orientado a una investigación planificada en áreas de actuación estratégicas tecnológicas de futuro y con potencial proyección internacional, así como también a financiar proyectos de desarrollo experimental.

Por consiguiente, el objeto de este programa Etorgai es la generación de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad y además estén orientados a la creación de nuevos o mejores productos, procesos o servicios o a la integración de tecnologías de interés estratégico, o a crear nuevas patentes y nuevas empresas de base científico-tecnológica, contribuyendo así a la creación de empleo y a un mejor posicionamiento tecnológico del tejido productivo vasco.

Los objetivos específicos de este Programa Etorgai están enmarcados en las prioridades temáticas del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación 2014-2020 y la selección de las áreas tecnológicas se ha basado en la importancia de éstas en nuestra economía.

Principios Básicos de Etorgai: el programa está enmarcado en una serie de principios básicos del programa Etorgai, cuyas líneas o parámetros fundamentales a tener en cuenta para los proyectos son los siguientes:

– Estratégicos para el País Vasco.

– Liderazgo empresarial.

– Intensidad importante de la inversión empresarial en I+D+i.

– Aprovechamiento de las capacidades científico-tecnológicas de Euskadi.

– Dimensión global de la innovación empresarial (Internacionalización de la I+D).

– Y efecto tractor sobre la economía vasca.

Con carácter general, los objetivos de las actuaciones susceptibles de beneficiarse de las subvenciones reguladas por esta orden, son las siguientes:

  1. Favorecer la realización de importantes proyectos estratégicos de investigación industrial que incrementen la capacidad científico-tecnológica de las empresas y, en su caso, su colaboración con los Centros de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante RVCTI).

  2. Extender la cultura de la cooperación en investigación y desarrollo tecnológico entre todos los agentes del sistema ciencia-tecnología-empresa.

  3. Movilizar una mayor participación de las pequeñas y medianas empresas, en proyectos de investigación industrial estratégica.

  4. Impulsar un acceso más eficiente a los programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico, y en particular al Programa Horizonte 2020.

  5. Extender y optimizar el uso y explotación del conocimiento científico-tecnológico generado y disponible en Euskadi.

La normativa de la UE sobre las ayudas de estado en el área de la I+D+i, se ha visto afectada por cambios recientes, con la entrada en vigor, el 1 de julio de 2014, del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (DO, C 198, 27-06-2014) – en adelante Marco comunitario de I+D+i –y del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26-06-2014).

Ambos textos –punto 127 del Marco comunitario de I+D+i y el Reglamento general de exención n.º 651/2014– imponen a los Estados miembros la obligación de adaptar sus ayudas a la nueva normativa de la UE, por lo que se hace necesaria la modificación de las Ordenes que han regulado el Programa Etorgai hasta el momento.

Así, mediante esta Orden, el Programa Etorgai, para el ejercicio 2015, se adaptará al mencionado Reglamento (UE) n.º 651/2014 de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26-06-2014) – en adelante Reglamento general de exención n.º 651/2014.

Y, en virtud de ello,

Artículo único – Aprobar, en los términos que se recogen en el anexo, bases reguladoras de la convocatoria del Programa Etorgai, la presente convocatoria para el ejercicio 2015, de ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental en sectores estratégicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Si del análisis de los proyectos presentados se concluyera que no son subvencionables en el marco de lo establecido por esta Orden, por no tratarse de un Proyecto Etorgai, el Órgano de evaluación podrá reorientarlo de oficio hacia otros instrumentos o programas de ayuda a la Investigación, Desarrollo e Innovación existentes en el ámbito del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, siempre que la solicitud hubiera sido formulada dentro del plazo establecido para ello en dichos programas de ayuda, lo cual se comunicará a la parte interesada a los efectos oportunos.

A efectos de las ayudas reguladas en la presente Orden, en relación a los sectores a los que son de aplicación las normas sobre las ayudas a la investigación, desarrollo e investigación, se aplicará el Reglamento general de exención n.º 651/2014. Del mismo modo, cualquier cuestión de interpretación estará sujeta al citado Reglamento.

Aquellos proyectos integrados de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico cuya concesión de subvención se realizó conforme a lo dispuesto en la Orden de 6 de agosto de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos integrados de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, vigente hasta la derogación por esta Orden, se regirán por aquella hasta la terminación del proyecto.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2015.

La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

Artículo 1 – Objeto.

Es objeto de la presente Orden el desarrollo, bajo la denominación de programa Etorgai, del régimen de ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental en sectores estratégicos y fomentar una colaboración público-privada en Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación, de forma que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco, favoreciendo la intervención de las Pymes y el acceso al Programa Horizonte 2020 (http://www.eshorizonte2020.es/).

Artículo 2 – Ámbito temporal.

El presente programa de ayudas estará en vigor durante el ejercicio 2015.

Artículo 3 – Recursos económicos.

Los recursos económicos, destinados a la finalidad del artículo 1, ascienden a la cantidad de 28.000.000 euros y procederán de los correspondientes créditos presupuestarios consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el presente ejercicio. También contribuirá a la financiación de este programa el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Fondos Feder). El volumen total de las ayudas a conceder dentro del ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente y con carácter previo a la resolución de las mismas. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Tecnología Innovación y...

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