ORDEN de 31 de enero de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula programa de apoyo a la I+D Empresarial Hazitek.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico e Infraestructuras
Rango de LeyOrden

Las instituciones vascas han venido manteniendo en el tiempo una apuesta decidida por la investigación y la innovación, siempre desde la perspectiva de contribuir a la mejora competitiva de las empresas y a la creación de bienestar económico y social. Pero, son muchos los cambios que se han producido en el entorno durante la última década, lo que ha supuesto un proceso de adaptación en diferentes ámbitos y hacen necesario reformular los programas de apoyo a la I+D.

Este continuo proceso de adaptación se ha concretado en la definición y el despliegue de la estrategia de especialización inteligente de Euskadi RIS3, impulsada desde Europa, y del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020, en el que se recoge el proceso de reordenación de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, realizado en base a los ejes de excelencia, especialización y cercanía al mercado, y plasmado en el Decreto 109/2015 de 23 de junio, que regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Así mismo se han tenido en cuenta, tanto la puesta en marcha del programa marco europeo Horizonte 2020, así como la experiencia adquirida en los últimos años por el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras en la gestión, evaluación y seguimiento de los anteriores programas de apoyo a la I+D empresarial.

Todos estos factores pusieron de manifiesto la necesidad de diseñar un nuevo programa de apoyo a la I+D empresarial. Es por ello que en 2016 se puso en marcha el nuevo programa de apoyo a la I+D empresarial Hazitek, alineado con el nuevo Plan de Ciencia y Tecnología e Innovación, Euskadi 2020, y en coherencia con los objetivos estratégicos marcados a nivel europeo –la estrategia Europa 2020– para desarrollar economías competitivas y dinámicas, basadas en el conocimiento, capaces de crecer de manera sostenible y de mejorar el empleo desde una perspectiva cuantitativa y cualitativa.

El objetivo último del programa es el fortalecimiento de la industria vasca a través de la I+D empresarial, contribuyendo de manera decisiva a la competitividad global del tejido productivo vasco y generando resultados con potencial de impacto económico significativo, a través de un apoyo focalizado en los ámbitos de especialización estratégicos para el País Vasco, y en las fases de la I+D más próximas al mercado. Todo ello apoyado en unas dinámicas de trabajo y colaboración eficaces y eficientes que permiten obtener resultados tangibles en forma de productos, procesos y servicios y cuya explotación comercial permita crear nuevos recursos capaces de sostener el esfuerzo y realizar nuevas apuestas.

Con estas directrices se configuró el nuevo programa Hazitek que integra en una única norma 2 líneas de apoyo diferenciadas:

• Línea de apoyo al desarrollo de proyectos de I+D de carácter competitivo que tiene por objeto otorgar ayudas para promover proyectos dirigidos tanto al Desarrollo de Nuevos Productos, entendiendo por tales aquéllos proyectos de I+D que consistan en desarrollo de productos originales y superiores a los ya existentes a fin de dar mejor satisfacción a las demandas del mercado y de la sociedad, como proyectos de Lanzamiento de Nuevas Empresas de Base Científica y Tecnológica.

• Línea de apoyo al desarrollo de proyectos de I+D de carácter estratégico, surgidos a partir del liderazgo empresarial y con el aprovechamiento de las capacidades científico-tecnológicas del País Vasco, realizados bien en cooperación o bien en forma singular en los ámbitos de Especialización del PCTI Euskadi 2020.

Estos proyectos de carácter estratégico están definidos por la dimensión global de la innovación planteada, su alcance científico-tecnológico y por la intensidad de la inversión en I+D+i necesaria para alcanzar no sólo los objetivos individuales de las empresas sino, en particular, para ejercer un efecto tractor sobre la economía del País Vasco y contribuir a su internacionalización.

Tras el primer año de puesta en marcha del Programa Hazitek, y para mejorar su funcionamiento operativo y optimizar su adaptación a la estrategia definida se hace aconsejable introducir determinados cambios en la normativa, consolidar el programa en una Disposición Normativa de Carácter General y tratar de dar respuesta a una necesidad detectada en relación a que los programas de ayuda se resuelvan en unos plazos operativos que realmente provoquen el deseado efector tractor y motivador de los proyectos de I+D a los que apoyan.

Por ello el programa se articula en dos fases diferenciadas, una de selección de proyectos, independiente de la gestión presupuestaria, que abarcara la presentación y evaluación técnica de los mismos y culminara con la selección y comunicación de los proyectos aprobados, y otra de concesión de ayudas, que resolverá la subvención a conceder a aquellos proyectos que, habiéndose seleccionado en la fase anterior, cumplan con todos los requisitos del programa. El objetivo que se busca con esta modificación es el de adelantar a las entidades beneficiarias la comunicación de los proyectos aprobados, al inicio del periodo de ejecución de los proyectos o incluso con anterioridad a su puesta en marcha, lo que conseguiría el mencionado y esperado efecto incentivador de los proyectos, permitiendo mejorar la planificación de los mismos.

Asimismo, la entrada en vigor de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, exige introducir cambios en la normativa e incorporar la tramitación telemática/electrónica.

De acuerdo con estas directrices, conforme a lo dispuesto en el Título IV de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desarrollada por el Real Decreto 887/2006, se establece el siguiente programa de apoyo a la I+D empresarial Hazitek.

El Programa Hazitek, ha sido adaptado al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26.06.2014) – en adelante Reglamento general de exención n.º 651/2014.

A la financiación de este programa contribuye el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Fondos FEDER).

Y en virtud de ello

Artículo 1 – Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular el programa de ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos de Investigación Industrial o Desarrollo Experimental, tanto de carácter competitivo como de carácter estratégico, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, Euskadi 2020.

La presente normativa de ayudas se acoge al artículo 25 del Reglamento General de exención por Categorías (Reglamento CE N.º 651/2014), relativo a las ayudas a proyectos de investigación y desarrollo.

Artículo 2 – Recursos Económicos.
  1. – Los recursos económicos destinados a la finalidad de este Programa procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para cada ejercicio.

    El importe destinado a cada tipología de proyectos definidos en el artículo 5 de la presente Orden y los plazos para su realización se establecerán en la correspondiente resolución de convocatoria.

  2. – En el caso de los proyectos de I+D carácter competitivo, la financiación de los proyectos de lanzamiento de empresas de base tecnológica o científica no podrá superar el 10% del presupuesto total destinado a financiar los proyectos de I+D de carácter competitivo.

  3. – En el caso de los proyectos de I+D de carácter estratégico, la financiación de aquellos proyectos estratégicos desarrollados en los ámbitos de especialización del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020, no incluidos en las 3 prioridades estratégicas no podrá superar el 20% del presupuesto total destinado a financiar los proyectos de I+D de carácter estratégico. Asimismo, la financiación de los proyectos...

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