ORDEN de 3 de marzo de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 65 viviendas de protección oficial en el municipio de Basauri en el Área N.1-2.1. Sarratu 1.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Empleo y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyOrden
  1. – El procedimiento de adjudicación de las mencionadas viviendas se regirá por lo previsto en la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos de adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y alojamientos dotacionales de régimen autonómico, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

  2. – Con fecha de 10 de diciembre de 2008, el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Basauri firman un Convenio de Colaboración para la gestión urbanística del Área I Sarratu en el término municipal de Basauri. Posteriormente, con fecha de 24 de abril de 2012, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Basauri suscriben un Acuerdo de Colaboración para el acceso del Ayuntamiento de Basauri al Registro de Solicitantes de Vivienda del Gobierno Vasco.

  3. – Mediante resolución del Delegado Territorial de Vivienda de Bizkaia de fecha 26 de noviembre de 2014 se ha otorgado la calificación provisional de viviendas de protección oficial a la promoción de 65 viviendas de protección oficial sita en Basauri, en el área N.1-2.1. Sarratu 1, promovida por la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), bajo el número de expediente EB2-1769/14-LC-000. Del total de viviendas, 3 viviendas de dos dormitorios están adaptadas a personas discapacitadas con movilidad reducida de carácter permanente. De las otras 62 viviendas 12 son de dos dormitorios y 50 son de tres dormitorios. El régimen de cesión es el de derecho de superficie.

  4. – De las viviendas de la promoción 6 serán excluidas del procedimiento de adjudicación para destinarlas a realojos, atendiendo a la solicitud presentada por la Sociedad Pública de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Basauri con fecha de 23 de febrero de 2015. Las viviendas excluidas en concreto serán las relacionadas en la Calificación Provisional con los números 5-2-4-8-9-18.

  5. – Corresponde al Consejero de Empleo y Políticas Sociales dictar la presente Orden, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de...

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