ORDEN de 28 de junio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan ayudas, acogidas al régimen de mínimis, a las explotaciones cunícolas de la CAPV, para el año 2017.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico e Infraestructuras
Rango de LeyOrden

En el año 2016 se convocaron ayudas acogidas al régimen de mínimis, a las explotaciones ganaderas de vacuno de leche y a las explotaciones cunícolas mediante la Orden de 13 de abril de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, con objeto de apoyar a esas explotaciones y paliar las dificultades que venían experimentando.

Por lo que se refiere al sector del vacuno de leche, las perspectivas, actualmente, son moderadamente optimistas, dado el devenir de los precios de los productos lácteos últimamente. Según los últimos datos, los precios al por mayor de los productos lácteos, están remontando. Por todo ello, se estima que no está justificada la inclusión del sector vacuno de leche en las ayudas de mínimos del año 2017.

En relación con las explotaciones cunícolas cabe destacar que desde el año 2014 arrastran una aguda crisis de rentabilidad que hace que su supervivencia esté en peligro. Los productores han sufrido una disminución drástica en sus márgenes, cuando no están teniendo directamente pérdidas en su actividad. La realidad es que nos encontramos ante un escenario de descapitalización, caracterizado por una situación de bajos precios, que en ciertos casos se encuentran por debajo de los costes de producción. Experimentaron una ligera mejoría en los precios durante los últimos meses del año 2016, pero de nuevo en los tres primeros meses del año 2017 han vuelto a la situación anterior.

En el País Vasco la situación es más grave porque a la caída de los precios hay que añadirle un problema estructural, ocasionado por la reducida dimensión de las explotaciones, por lo que son incapaces de llegar al mínimo de rentabilidad. Por ello se considera necesario seguir apoyando a este sector.

La presente Orden tiene por objeto apoyar a las explotaciones cunícolas con la con la finalidad de paliar las dificultades que dichas explotaciones vienen experimentando y contribuir a su recuperación.

Estas ayudas se acogen al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

Las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así? como las organizaciones profesionales agrarias y organizaciones sectoriales han sido consultadas en la elaboración de la presente Orden. Por ello,

Primero.– Objeto.

  1. – La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas para el año 2017 por el mantenimiento de la actividad ganadera en el sector cunícola con la finalidad de apoyar a esas explotaciones y paliar de esta manera las dificultades que dichas explotaciones vienen experimentando.

  2. – Estas ayudas estarán acogidas al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

    Segundo.– Beneficiarios.

  3. – Para poder ser beneficiarias de estas ayudas, las personas físicas o jurídicas solicitantes deberán cumplir en el momento de la solicitud los siguientes requisitos generales:

    1. Ser titular de una explotación ubicada en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    2. Que la explotación esté inscrita en el Registro General de Explotaciones Agrarias del País Vasco y en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) con la clasificación que le corresponda.

    3. Ser agricultor profesional de conformidad con la definición contenida en el artículo 4 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre.

    4. Cumplir la normativa vigente en materia de trazabilidad, bienestar, higiene y sanidad animal, y no tener sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones en esos ámbitos.

    5. Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR