ORDEN de 27 de julio de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los Centros de enseñanzas musicales: Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre; Conservatorios y Centros no oficiales reconocidos que imparten las enseñanzas reguladas por el Decreto 2618/19...

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ORDEN de 27 de julio de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los Centros de enseñanzas musicales: Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre; Conservatorios y Centros no oficiales reconocidos que imparten las enseñanzas reguladas por el Decreto 2618/19...

ORDEN de 27 de julio de 1995, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los Centros de enseñanzas musicales: Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre; Conservatorios y Centros no oficiales reconocidos que imparten las enseñanzas reguladas por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre; Conservatorios y centros autorizados que imparten las nuevas enseñanzas en aplicación de la LOGSE, reguladas por el Decreto 288/1992, de 27 de octubre, sin financiación por parte de las Administraciones públicas locales.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuestos

Generales de la Comunidad Autónoma de

Euskadi para 1995, donde se asigna una partida presupuestaria para ayudas a Centros de enseñanzas musicales,

RESUELVO:

Convocar a las Escuelas de Música reguladas por el

Decreto 289/1992, de 27 de octubre, a los Conservatorios y centros no oficiales reconocidos que imparten las enseñanzas reguladas por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, y a los Conservatorios y centros autorizados que imparten las nuevas enseñanzas reguladas por el Decreto 288/1992, de 27 de octubre, sin financiación por parte de las Administraciones públicas locales, para que presenten solicitud de subvención con cargo a la citada partida, con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera.- Podrán solicitar la subvención como ayuda económica para la financiación del gasto corriente, entendido por tal los costes de personal y funcionamiento referidos al ejercicio económico de 1995.

Segunda.- Solicitud.- Los centros interesados deberán presentar solicitud mediante instancia dirigida al

Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades e

Investigación conforme al modelo contenido en el Anexo

I, a la que d...

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