DECRETO ­78/2011, de ­12 de abril, de modificación del Decreto por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Conjunto Edificado de Quejana, en Ayala (Álava).

Extracto


DECRETO ­78/2011, de ­12 de abril, de modificación del Decreto por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Conjunto Edificado de Quejana, en Ayala (Álava).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo ­148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo ­10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo desarrollo se aprueba la Ley ­7/1990, de ­3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Por medio de la Resolución de ­23 de diciembre de ­2009, publicada en el ­BOPV n.º ­50, de ­15 de marzo de ­2010, se incoó y se acordó someter a los trámites de información pública y audiencia a los interesados el procedimiento para la modificación del Decreto ­53/2002, de ­26 de febrero, por el que se calificó el Conjunto Edificado de Quejana en Ayala (Álava), con la categoría de Conjunto Monumental.

Abierto el trámite de información pública y audiencia a los interesados, Luis Sánchez Tabernero, en representación del Monasterio de Santo Domingo de San Sebastián, sucesor del suprimido Monasterio San Juan Bautista de Quejana, presentó escrito de alegaciones.

Luis Sánchez Tabernero alega que el expediente carece de informe jurídico que permita verificar la legalidad y oportunidad de la modificación del Decreto ­53/2002; que hay determinados bienes muebles que no son inseparables del Conjunto Monumental; que no puede aplicarse a los bie...

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