DECRETO 213/1996, de 30 de julio, sobre medidas financieras en materia de vivienda.

BOPV. Boletín Oficial del País Vasco núm. 154, 13 de Agosto de 19961 - Disposiciones Normativas › Hacienda y Administracion Publica; Ordenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente

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DECRETO 213/1996, de 30 de julio, sobre medidas financieras en materia de vivienda.

DECRETO 213/1996, de 30 de julio, sobre medidas financieras en materia de vivienda.

Durante los últimos años el Gobierno Vasco ha venido impulsando un conjunto de medidas financieras destinadas tanto al fomento de la promoción y construcción como a la adquisición de viviendas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con plasmación en el Decreto 103/1992, de 29 de abril, sobre medidas financieras en materia de vivienda. Dicho Decreto ha sufrido varias modificaciones desde su entrada en vigor con objeto de proceder a su adaptación a la situación del mercado hipotecario y a su adecuación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de los Decretos 109/1993, de 20 de abril, 189/1993, de 29 de junio, 144/1994, de 22 de marzo, 339/1995, de 27 de junio, y por último en virtud del Decreto 48/1996, de 12 de marzo. La dispersión normativa actual justifica por si sola, la necesidad de una unificación de la misma.

Asimismo la aprobación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, implican necesariamente una adaptación de las determinaciones normativas autonómicas a lo establecido en estas Leyes.

Por otro lado, se ha de destacar que el Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 28 de mayo de 1996 aprobó el Plan Director de Vivienda 1996-1999, Etxebide, el cual fue remitido a su vez al Parlamento Vasco, para su debate ante el Pleno, de conformidad con lo previsto en los artículos 164 y 165 de su Reglamento, con fecha 26 de junio de 1996; cuya misión es facilitar el disfrute de una vivienda en condiciones dignas a la población de la Comunidad Autónoma del País Vasco, particularmente a sus colectivos más desfavorecidos, optimizando la eficacia de los recursos disponibles. Su finalidad es establecer las directrices de las actuaciones del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente durante el próximo cuatrienio, incorporando principios de planificación estratégica.

El Plan Director incluye un decálogo de estrategias generales que han de informar el contenido del presente Decreto, las cuales se detallan:

1.- Incrementar la oferta de viviendas de precio limitado.

2.- Crear una oferta de viviendas en alquiler a precios limitados.

3.- Optimizar la eficacia social del patrimonio de viviendas ya existente.

4.- Discriminar positivamente a los colectivos más necesitados.

5.- Ofrecer suelo a precios compatibles con la vivienda de protección oficial.

6.- Optimizar los recursos presupuestarios disponibles.

7.- Apoyar el acceso a la vivienda.

8.- Luchar contra el fraude en la vivienda protegida.

9.- Coordinar las actuaciones del Departamento con las de otras Instituciones.

10.- Mejorar la satisfacción del ciudadano.

El Plan Etxebide indica asimismo las líneas orientativas de las reformas normativas que deben acometerse para la consecución de sus objetivos.

Siguiendo dichas líneas orientativas, el presente Decreto incluye como criterios novedosos más reprentativos:

- Incremento de la oferta de viviendas a precio limitado: Se pretende incentivar la oferta de viviendas concediendo medidas financieras a los promotores y creando una demanda mediante medidas financieras a favor de los adquirentes.

Una medida fundamental es el control de los precios máximos de venta y renta de las viviendas, en función de la ubicación de la vivienda en Areas Funcionales a tenor de lo establecido en las Directrices de Ordenación del Territorio, simplificando y unificando criterios, persiguiendo el objetivo de luchar contra el fraude en la vivienda protegida.

- Creación de una oferta de viviendas en alquiler a precios limitados: Se articulan una serie de medidas como son la creación de dos nuevas figuras protegibles: actuaciones de adquisición...

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