LEY 20/1998, de 29 de junio, de Patrimonios Públicos de Suelo.

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LEY 20/1998, de 29 de junio, de Patrimonios Públicos de Suelo.

LEY 20/1998, de 29 de junio, de Patrimonios Públicos de Suelo.

Se hace saber a todos/as los/las ciudadanos/as de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente:

LEY 20/1998, DE 29 DE JUNIO, DE PATRIMONIOS PÚBLICOS DE SUELO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La garantía del acceso a una vivienda digna y del cumplimiento de otros usos de interés social que requieren de la disponibilidad de suelo hace precisos mecanismos específicos de intervención o control del mercado de suelo por las Administraciones públicas. Uno de estos mecanismos es el de los patrimonios municipales de suelo, al cual si bien goza de una amplia tradición en el ordenamiento urbanístico, las insuficiencias legales han impedido con frecuencia el cumplimiento de su función, situación que a través de la presente Ley se pretende subsanar.

Además, en cumplimiento del mandato contenido en la disposición final primera de la Ley 1/1997, de 20 de febrero, por la que se regula la consignación de cantidades en los Presupuestos municipales con destino al patrimonio municipal de suelo, esta ley prevé la constitución de patrimonios de suelo por las Administraciones supramunicipales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La ley introduce, asimismo, otras medidas de intervención que permitan la intervención de los Ayuntamientos, de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los órganos forales de sus territorios históricos para la obtención de terrenos que ...

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