ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del Informe de fiscalización «Cuenta General del Territorio Histórico de Bizkaia del ejercicio 2009», adoptado en sesión de 23 de junio de 2011.

Extracto


ACUERDO del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de aprobación definitiva del Informe de fiscalización «Cuenta General del Territorio Histórico de Bizkaia del ejercicio 2009», adoptado en sesión de 23 de junio de 2011.

El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en sesión celebrada el día 23 de junio de 2011, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Aprobar con carácter definitivo el informe «Cuenta General del Territorio Histórico de Bizkaia del ejercicio 2009», que figura como anexo al presente Acuerdo.

Disponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 1/1988 del TVCP/HKEE, la publicación de sus conclusiones en los boletines oficiales correspondientes.

Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2011.

El Presidente del TVCP,

JOSÉ IGNACIO MARTÍNEZ CHURIAQUE.

La Secretaria General del TVCP,

TERESA CRESPO DEL CAMPO.

ANEXO

INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA DEL EJERCICIO 2009

TOMO I: SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

I.- Introducción.

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1988, de 5 de febrero, y en el Programa de Trabajo para 2010, ha realizado la fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Bizkaia correspondiente al ejercicio 2009.

La Cuenta General del Territorio Histórico de Bizkaia se forma mediante las cuentas de la Diputación Foral de Bizkaia, de los organismos autónomos forales, de las entidades públicas empresariales forales y de las sociedades mercantiles forales. Partiendo de la clasificación del sector público foral realizada en la Norma Foral 5/2006, General Presupuestaria, en sector público administrativo (Diputación Foral de Bizkaia y organismos autónomos forales) y sector público empresarial (entidades públicas empresariales forales y sociedades mercantiles forales), el TVCP va a realizar dos informes de fiscalización: uno para el sector público administrativo y otro para el sector público empresarial.

Este informe de fiscalización de la Cuenta General de Territorio Histórico de Bizkaia- Sector Público Administrativo abarca los siguientes aspectos:

- Legales: en las áreas presupuestarias, endeudamiento y operaciones financieras, personal, contratación de obras, compras y servicios, concesión de subvenciones y normativa sobre ingresos de derecho público.

- Contables: se analiza si la Cuenta General se elabora de conformidad con los principios contables que resultan de aplicación.

- Análisis financiero de la situación económica del Sector Público Foral.

- El alcance del trabajo no incluye un análisis sobre la eficacia y eficiencia del gasto. No obstante, las deficiencias detectadas se detallan en el epígrafe «Consideraciones sobre el sistema de control interno y procedimientos de gestión».

El Sector Público Administrativo del Territorio Histórico de Bizkaia (en adelante, THB) está formado por:

- La Diputación Foral de Bizkaia (en adelante, DFB).

- El Organismo Autónomo Foral Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS).

- El Organismo Autónomo Foral Instituto para la Sostenibilidad de Bizkaia (ISB).

II.- Opinión.

II.1.- Opinión sobre el cumplimiento de legalidad de la Diputación Foral de Bizkaia.

Exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales.

1.- La Comisión Europea adoptó dos decisiones el 11 de julio de 2001 y el 20 de diciembre de 2001, por las que establecía que eran incompatibles con el mercado común y, por tanto ilegales, el artículo 14 de la Norma Foral 5/1993, el artículo 26 de la Norma Foral 3/1996 y la disposición Adicional Cuarta de la Norma Foral 7/1996, en los que se establecían exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales; asimismo, establecía que las ayudas fiscales señaladas eran ayudas ejecutadas e incompatibles con el Mercado Común y que, por tanto, la DFB debería adoptar todas las medidas necesarias para recuperarlas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó dos sentencias el 14 de diciembre de 2006 y el 20 de septiembre de 2007, declarando que se habían incumplido las obligaciones establecidas en las decisiones de la Comisión Europea, al no haberse adoptado dentro del plazo fijado todas las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en las mismas en relación con la supresión del régimen de ayudas y con la recuperación de las ayudas puestas a disposición de los beneficiarios ilegalmente. La DFB recurrió dichas sentencias, desestimando el Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea dicho recurso el 9 de septiembre de 2009. La DFB interpuso recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. A la fecha de emisión de este informe ha sido desestimado por dicho tribunal el recurso relativo a las exenciones establecidas en la Norma Foral 5/1993, declarándolas ilegales. Están pendientes de resolver los recursos relativos a las otras dos normas forales.

Por otra parte, dieciséis empresas recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco las desestimaciones de los recursos por parte del Tribunal Económico-Administrativo Foral en relación con las resoluciones del Director General de Hacienda por las que se les requirieron las devoluciones de exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales, ...

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