RESOLUCIÓN de 29 diciembre de 2006, del Director de Tecnología, por la que se procede a la adjudicación de las ayudas para el programa de apoyo al capital humano y la movilidad geográfica de los recursos humanos, Programa Ikertu, establecidas en virtud de Orden de 12 de septiembre de 2005 y la Resolución de 9 de noviembre de 2006 publicada en...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. – Con fecha de 16 de noviembre de 2006 se publicó la modificación de la Orden de 12 de septiembre de 2005. Con fecha de 17 de noviembre se publicó la Resolución conjunta de los Departamentos de Industria, Comercio y Turismo y Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se hace pública la renovación de ayudas para del programa de apoyo al capital humano y la movilidad geográfica de los recursos humanos para el año 2006. Becas predoctorales, Programa Ikertu.

  2. – De acuerdo con lo dispuesto en las normativas, la valoración de las solicitudes de ayudas presentadas se realizó por una Comisión de Selección compuesta por el Director de Política Científica y el Director de Tecnología, así como técnicos de las mencionadas Direcciones. De conformidad con las previsiones del reseñado precepto por la comisión de selección se ha elevado propuesta de adjudicación con fecha 14 de diciembre de 2006. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

  3. – La competencia para la emisión de la presente resolución de concesión de ayudas viene atribuida en el artículo 12 de la Orden de 12 de septiembre de 2005 por el Director de Tecnología del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.

  4. – La valoración de las solicitudes se ha realizado teniendo en cuenta los criterios estipulados en cada tipo o modalidad de ayuda, conforme a lo dispuesto en las normativas respectivas de ayudas.

  5. – En el resto de lo no dispuesto en estas resoluciones de adjudicación de las ayudas se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden de 12 de septiembre de 2005 que regula dicha concesión y la Orden de 8 de noviembre de 2006.

    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y concordante aplicación, RESUELVO:

  6. – Otorgar ayudas a los solicitantes indicados en los anexos adjuntos.

  7. – Declarar la falta de suplentes.

    Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Innovación Desarrollo Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

    En Vitoria-Gasteiz, a 29 de diciembre de 2006. El Director de Tecnología, JOSEBA JAUREGIZAR BILBAO. I. ERANSKINA / ANEXO I ONURADUNEN ZERRENDA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS HEZKUNTZA, UNIBERTSITATE ETA IKERKETA SAILA, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

    Beken berriztapena/HUIS

    Revocaciones de becas/DEUI

    BEKAK 2006ko AURREKONTU. 2007ko AURREKONTU.

    BECAS...

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