ANUNCIO por el que se notifica a Horizon Venture Global, S.L., la Resolución de 28 de enero de 2010, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se resuelve el procedimiento sancionador incoado a la citada empresa.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorPresidencia del Gobierno; Instituto Vasco de la Mujer
Rango de LeyAnuncio

Intentada sin efecto la notificación de dicha Resolución a la entidad interesada, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Resolución de 28 de enero de 2010, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se resuelve el procedimiento sancionador incoado a Horizon Venture Global, S.L.

Exp. Sncdor 2/2009

Visto el expediente relativo al Procedimiento sancionador iniciado contra Horizon Venture Global, S.L.,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Acuerdo de 13 de marzo de 2009, la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, procedió a iniciar el procedimiento sancionador a Horizon Venture Global, S.L., como responsable de la comisión de la infracción prevista en el artículo 77.2 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, que señala que «se considera infracción leve dificultar o negarse parcialmente a la acción investigadora de la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres».

Los hechos así calificados consistían en rehusar los intentos de notificación de las actuaciones de la Defensoría, en concreto del Acuerdo de iniciación del procedimiento de investigación y de la solicitud de información, realizadas por razón de una denuncia por presunta discriminación por razón de sexo.

En el Acuerdo de inicio del procedimiento se nombraba instructora del procedimiento sancionador y suplente de la misma, y se concedía un plazo de 15 días para formular y aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones que las personas interesadas estimasen convenientes, así como para solicitar la apertura de un período probatorio y proponer los medios de prueba que considerasen adecuados.

Segundo.- El Acuerdo de 13 de marzo de 2009, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer fue notificado en debida forma a todas las personas interesadas en el procedimiento, resultando que intentada sin efecto a la sociedad la notificación del Acuerdo se procedió a realizar la notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente y en el Boletín Oficial del País Vasco, publicándose el día 10 de agosto de 2009.

Tercero.- Transcurridos los plazos otorgados a todas las personas interesadas y no habiéndose formulado alegaciones ni aportado documento alguno relativo al expediente por ninguna de...

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