DECRETO 31/2003, de 18 de febrero, por el que se reconoce como de Utilidad Pública a la Asociación «Casa de la Gastronomia de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Justicia, Empleo y Seguridad Social; Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 31/2003, de 18 de febrero, por el que se reconoce como de Utilidad Pública a la Asociación «Casa de la Gastronomia de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea».

El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyen mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.

A su amparo, la Asociación «Casa de la Gastronomía de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea» ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza de conocimiento y práctica de la gastronomía como fuente de cultura, salud y equilibrio para el conjunto de la sociedad vasca la hacen merecedora de reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida en 1999, inscrita en el Registro de Asociaciones con fecha 29 de abril de 1999, que extiende su ámbito de actuación principalmente a toda Euskal Herria y tiene fijado su domicilio social en Donostia-San Sebastián.

Desde su constitución las actividades fundamentales de la Asociación han consistido en cursos, charlas, jornadas y encuentros en el mundo de la gastronomía buscándose la dinamización y puesta a punto de la cultura gastronómica tradicional de cara a los retos de modernidad y futuro, lo que le ha reportado un prestigio y reconocimiento unánimes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informe...

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