RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la planta de fundición de hierro en Uribarri para el negocio de freno, promovida por Fagor Ederlan, S. Coop., en el término municipal de Mondragón (Gipuzkoa).

BOPV. Boletín Oficial del País Vasco núm. 013, 18 de Enero de 20081 - Disposiciones Normativas › Medio Ambiente y Ordenacion del Territor

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RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la planta de fundición de hierro en Uribarri para el negocio de freno, promovida por Fagor Ederlan, S. Coop., en el término municipal de Mondragón (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 22 de julio de 2005, D.ª Carmen Iñurria Landeras, en nombre y representación de Fagor Ederlan, S. Coop., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de una autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la planta de fundición de hierro en Uribarri para el negocio de freno en el municipio de Arrasate/Mondragón (Gipuzkoa). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica:

– "Proyecto Básico de la Planta de fundición de hierro de Uribarri para el negocio de freno en Arrasate (Gipuzkoa). Fagor Ederlan, S. Coop." (julio de 2005).

– "Resumen No Técnico de de la Planta de fundición de hierro de Uribarri para el negocio de freno en Arrasate (Gipuzkoa). Fagor Ederlan, S. Coop." (julio de 2005).

El promotor incorpora a su solicitud de autorización ambiental integrada informe municipal relativo a la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico de Mondragón.

En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, la instalación de Fagor Ederlan, S. Coop. en Uribarri en el municipio de Arrasate/Mondragón disponía de licencia de actividad, de fecha 7 de mayo de 1999 concedida para la actividad de fundición. Asimismo, la empresa promotora disponía de las siguientes autorizaciones de conformidad con la normativa sectorial vigente: autorización de productor de residuos peligrosos emitida por Resolución de 20 de junio de 2001; autorización de vertido a cauce concedida por Resolución de 2 de febrero de 2005; y certificados correspondientes a su condición de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera emitidos con fecha 4 de diciembre de 2000 y 19 de junio de 2003.

La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 28 de julio de 2005 solicita informe a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el Órgano Ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto (Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón, Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, Departamento de Sanidad y Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco).

Con fecha 26 de enero de 2006, el Órgano Ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 31 de octubre de 2006.

Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 29 de noviembre de 2006, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Fagor Ederlan, S. Coop., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 3 de enero de 2007. Igualmente se procede al anuncio pertinente en dos periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 7 de enero de 2007 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes.

Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que se ha presentado un escrito de alegaciones respecto a las afecciones que la actividad desarrollada por Fagor Ederlan, S. Coop. puede generar en lo relativo a emisiones a la atmósfera, ruido y olores. Asimismo, durante este trámite de información pública en el Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón se personaron tres ciudadanos que mostraron su malestar en relación con el ruido generado en la actividad, el polvo o partículas que se depositan en las ventanas y los olores por la amina utilizada en la fundición. En el anexo I se recogen las consideraciones de este órgano al respecto.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 22 de febrero de 2007 informe del Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón y del Departamento de Sanidad, con el resultado que obra en el expediente.

 

El pasado 5 de junio de 2007 D.ª Carmen Iñurria Landeras, en nombre y representación de Fagor Ederlan, S. Coop., solicitó la incorporación al expediente de autorización ambiental integrada de tres nuevos focos de emisión a la atmósfera.

Con fecha 19 de julio de 2007, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Fagor Ederlan, S. Coop. incorporando la Propuesta de Resolución elaborada por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y ello en orden a que procediera a la presentación de aquellos documentos y justificaciones que estimara pertinentes, sin que se hubiera recibido notif...

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