LEY 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.

Extracto


LEY 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.

LEY 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley

LEY 6/2004, DE 21 DE MAYO, DE RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL

TRENBIDE SAREA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La construcción de un espacio ferroviario europeo integrado, tanto desde la perspectiva técnica como desde la jurídica, es un objetivo prioritario de las instituciones comunitarias para revitalizar el sector ferroviario en su estrategia de lograr el reequilibrio modal en el transporte europeo. En este sentido, el transporte ferroviario está siendo objeto de una profunda transformación en el ámbito de la Unión Europea.

La Directiva 91/440/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios, supuso la apertura de un proceso dirigido a la sustitución del viejo modelo ferroviario tradicional en Europa, en el que, en torno a los monopolios públicos, la prestación de los servicios de transporte ferroviario se asentaba sobre la consideración unitaria de la gestión de la infraestructura y la prestación de los servicios de transporte.

El proceso comunitario hacia la transformación del sistema de transporte ferroviario no se ha detenido desde entonces. Las Directivas 95/18/CE del Consejo, de 19 de junio de 1995, sobre concesión de licencias a las empresas ferroviarias, y 95/19/CE del Consejo, de 19 de junio de 1995, sobre la adjudicación de las capacidades de la infraestructura ferroviaria y la fijación de los correspon...

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