RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2010, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 para la difusión teatral.

Extracto


RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2010, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 para la difusión teatral.

El artículo 3.b) de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute dispone que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera».

Por otra parte, el Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute,dispone que es competencia de dicho Instituto la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Asimismo, el citado Decreto 88/2008 especifica en su artículo 19 apartado 2 que el área de Promoción y Difusión de la Cultura Vasca abarca lo ámbitos de la música, las artes escénicas, las artes visuales, el cine, la arquitectura y el diseño.

Consecuentemente, la Dirección del Instituto Vasco Etxepare estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de las actividades teatrales de carácter profesional, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de ayudas a la realización de giras artísticas fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi y a la promoción de temporadas teatrales que se lleven a cabo por compañías de teatro profesionales radicadas en la misma. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de los grupos teatrales vascos y posibilitar además, que tales grupos obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos.

En su virtud,

RESUELVO:

CAPÍTULO I

NORMAS GENERALES

Artículo 1.- Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a la difusión teatral durante el ejercicio 2011.

Artículo 2.- Modalidades y Recursos económicos.

1.- El importe global destinado a estas subvenciones es de ciento quince mil setecientos noventa y siete (115.797) euros y podrá verse incrementado en los términos recogidos en la disposición adicional segunda.

2.- El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria:

- Noventa y dos mil (92.000) euros para la realización de giras teatrales fuera de la CAPV.

- Veintitrés mil setecientos noventa y siete (23.797) euros para la promoción de temporadas teatrales.

Artículo 3.- Personas o entidades beneficiarias.

1.- Sin perjuicio de cuantos otros requisitos queden específicamente establecidos en la presente Resolución, podrán solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:

- Ser personas físicas o jurídico-privadas dedicadas profesionalmente a la actividad teatral.

- Tener domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Encontrarse dado de alta a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes en el correspondiente epígrafe de actividades teatrales en el impuesto de actividades económicas.

2.- Como beneficiarios de estas ayudas, quedan excluidos los peticionarios...

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