RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se formula el documento de referencia para la Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental de la 'Modificación de las Normas Subsidiarias de Bermeo sobre la variante de la BI-631' promovida por el Ayuntamiento de Bermeo.

BOPV. Boletín Oficial del País Vasco núm. 102, 30 de Mayo de 20081 - Disposiciones Normativas › Medio Ambiente y Ordenacion del Territor

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RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se formula el documento de referencia para la Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental de la 'Modificación de las Normas Subsidiarias de Bermeo sobre la variante de la BI-631' promovida por el Ayuntamiento de Bermeo.

De conformidad con el artículo 41 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, los planes contemplados en el apartado A) del anexo I, quedan sometidos al procedimiento de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental con el objetivo, entre otros, de introducir en las primeras fases del proceso de planificación, y en orden a la elección de las alternativas más adecuadas, el análisis y valoración relativo a las repercusiones que sobre el medio ambiente se deriven de la aplicación del plan, teniendo en cuenta los efectos acumulativos y sinérgicos derivados de las diversas actividades.

El Decreto 183/2003, de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental, establece en su artículo 3 el ámbito de aplicación del mismo, en el que se encuadra la "Modificación de las Normas Subsidiarias de Bermeo sobre la variante de la BI-631".

Igualmente, la "Modificación de las Normas Subsidiarias de Bermeo sobre la variante de la BI-631" se encuentra en el ámbito de aplicación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, estableciéndose en el artículo 9 de la citada norma que el alcance, nivel de detalle y el grado de especificidad del informe de sostenibilidad ambiental se determinará por el órgano ambiental, tras identificar y consultar a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado, mediante la emisión de un documento de referencia que incluirá además los criterios ambientales estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables en cada caso.

La competencia sustantiva para la aprobación de la "Modificación de las Normas Subsidiarias de Bermeo sobre la variante de la BI-631" reside en el Ayuntamiento de...

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