EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 379/12 seguido sobre acción de división de cosa común.
Sección | 2 - Disposiciones No Normativas |
Emisor | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE DURANGO |
Rango de Ley | Edicto |
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Durango.
Juicio: juicio verbal 379/12.
Demandante: Autzagana, S.L.
Abogado: Inmaculada Sañudo Perez.
Procurador: Sanz.
Demandado: Feliciana Gorroño Eguiarte, Asuncion Abaitua Solaegui, Maria Nieves Mota Zarandona, Anastasio Rementeria Gorroño, Maria Begoña Mota Zarandona, Tomas Ibieta, Concepcion Mota Zarandona, Jose Antonio Municha y Maria Soledad Mota Zarandona.
Sobre: acción de división de cosa común.
En el referido juicio se ha dictado, el 05-12-2013, auto de rectificación de sentencia de fecha 03-10-2013, cuyo fallo es el siguiente:
-
– Se acuerda rectificar la sentencia dictada en el presente procedimiento, con fecha 15-10-2013.
-
– La referida resolución queda definitivamente redactada en el particular señalado en los antecedentes, de la siguiente forma:
Vistos por D.ª Cristina Navarro Gil, Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de Durango y su Partido, los presentes autos de juicio verbal n.º 379/12 seguidos ante este Juzgado, entre partes; de una, como demandante, Autzagana, S.L., representada por el Procurador Sr. Sanz Velasco; y de otra, como demandada, D. José Antonio Municha o su herencia yacente, declarado en rebeldía; D. Tomás Ibieta o su herencia yacente, declarado en rebeldía; D.ª Feliciana Gorroño Eguiarte o su herencia yacente, declarada en rebeldía; D. Anastasio Rementería Gorroño; D.ª Asunción Abaitua Solaegui o su herencia yacente, declarada en rebeldía; y D.ª M.ª Begoña Mota Zarandona, D.ª Concepción Mota Zarandona, D.ª M.ª Nieves Mota Zarandona y D.ª M.ª Soledad Mota Zarandona, representados por la Procuradora Sra. Asategui; sobre división de cosa común
.
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Sanz Velasco, en representación de Autzagana, S.L. contra D. José Antonio Municha o su herencia yacente, declarado en rebeldía; D. Tomás Ibieta o su herencia yacente, declarado en rebeldía; D.ª Feliciana Gorroño Eguiarte o su herencia yacente, declarada en rebeldía; D. Anastasio Rementería Gorroño; D.ª Asunción Abaitua Solaegui o su herencia yacente, declarada en rebeldía; y D.ª M.ª Begoña Mota Zarandona, D.ª Concepción Mota Zarandona, D.ª M.ª Nieves Mota Zarandona y D.ª M.ª Soledad Mota Zarandona, representados por la Procuradora Sra. Asategui
.
Se condena en costas procesales a Tomás Ibieta
.
Incorpórese esta resolución al libro de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba