RESOLUCION de la Dirección de Trabajo, de 26 de mayo de 1986, por la que se dispone el registra, depósito y publicación del acuerdo de revisión del Convenio Colectivo de la Empresa «TRANSPORTES PESA, S.A.».

Extracto


RESOLUCION de la Dirección de Trabajo, de 26 de mayo de 1986, por la que se dispone el registra, depósito y publicación del acuerdo de revisión del Convenio Colectivo de la Empresa «TRANSPORTES PESA, S.A.».

RESOLUCION de la Dirección de Trabajo, de 26 de mayo de 1986, por la que se dispone el registra, depósito y publicación del acuerdo de revisión del Convenio Colectivo de la Empresa «TRANSPORTES PESA, S.A.».

EXPEDIENTE CC.30/86

Visto el expediente referenciado, sobre Convenio Colectivo de la

Empresa «TRANSPORTES PESA, S.A.».

Resultando: Que el 9 de abril de 1986 tuvo entrada en este

Departamento el texto del Convenio Colectivo citado, suscrito el 13 de marzo de 1986, por la Dirección de la Empresa y la representación del personal. tuvo ámbito territorial comprende los centros de trabajo de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya.

Considerando: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 de la

Ley 8/80, de 10 de marzo, en relación con el Real Decreto 1.041/81 de 22 de mayo, Decreto del Gobierno Vasco 39/81, de 2 de marzo, y Orden de 3 de noviembre de 1982 que lo desarrolla, procede el registro, depósito y publicación del citado Convenio Colectivo así como el

Decreto 19/86, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, y

Decreto 99/ 1986 de 29 de abril, de reordenación y atribución de funciones en materia de mediación, arbitraje y conciliación.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación,

Esta Dirección de Trabajo acuerda: 1: Ordenar su inscripción en el Organo Central del Registro de

Convenios Colectivos de Euskadi, aun notificación a las partes. 2: Ordenar su depósito en esta Dirección de Trabajo de la

Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social 3.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial de País Vasco

En Vitoria-Gasteiz a 26 de mayo de 1986 El Director de Trabajo,

GENARO GOMEZ ECHEVARRIA. entrando en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 1986.

El presente Convenio queda automáticamente denunciado a partir de su vencimiento.

Artículo 5.-Compensación y absorción.

Las condiciones pactadas que se establecen son compensables en su totalidad con las que anteriormente rigieran en la Empresa con mejoras pactadas o concedidas unilateralmente por la Dirección, ya sean de imperativo Iegal jurisprudencial convenio o pacto sindical, o de cualquiera otra índole, contrato individual, usos y costumbres, o por cualquier otra causa.

Teniendo en cuenta la naturaleza de este Convenio las disposiciones

Iegales que se dicten en el futur...

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